Buenos Dias, mi caso es el siguiente, me encuentro en tramites de separacion desde hace dos años y dos meses, desde que me marche de la casa que teniamos en comun en el matrimonio, sigo haciendome cargo de todos los gastos que origina la vivienda, tales como luz, agua, comunidad, asi como paso una pension alimenticia a mis dos hijos de 400 euros, todo eso desde el primer dia en que me tuve que marchar como consecuencia de que mi aun mujer, al segundo dia cambio la cerradura de la casa.
El años pasado solicite medidas urgentes para poder ver a mis hijos con asiduidad, y sin tener que recurrir al pago por vision, ya que mi mujer siempre me pedia mas dinero cuando iba a ver a los niños y si pagaba los veia y sino no.
bueno al grano en mayo un juez decide que siga pasando la manutencion de los menores y que los gastos de la vivienda antes mencionados sean a cargo de mi mujer, esta hace caso omiso y continua sin pagar, y yo pagando ya que todo estaba domiciliado en mi cuenta. Un dia le llamo y le digo que si no paga la factura y cambia el contrato a su nombre que voy a dar de baja el contrato, a lo que ella contesta haz lo que quieras si tu no pagas ya te lo quitaran de la nomina. Por lo que decido dar de baja el contrato. A los pocos dias me denuncia por Coacciones. Mi pregunta es realmente estoy obligado a seguir pagando la luz aun cuando hay una sentencia judicial que dice que debe pagarla ella?,
Creo que tiene usted un caso lo suficientemente grave, como para no dar ni un paso, sin consultarlo con un profesional.
Efectivamente, cortar la luz de una vivienda es constitutivo de un delito de coacciones. Hay que acudir a las vías legales y no a las vías de hecho. No sé si usted saldrá condenado por esto ... pero podría ser probable.
Hay una cosa en todo su asunto que no entiendo. Si usted está separado, usted tiene que tener una sentencia de separación, o? En esa sentencia se tienen que regular las condiciones que van a regir ese matrimonio, hasta que se produzca el divorcio.
Cómo es que ha tenido usted tantos problemas, pese a la sentencia? O es que no la tenía?
Si su mujer se ha de hacer cargo del pago de ciertos gastos, lo único que tiene que hacer (en lugar de cortar la luz) es tirar para atrás el pago de los recibos y mandarles una carta certificada con copia de la sentencia, advirtiéndoles que a partir de ahora el deudor, mejor, la deudora es fulana de tal (su ex mujer).
De acuerdo con lo que dice maicavasco, ojo con tomar medidas por nuestra cuenta... Tambien comentar que el cambio de cerradura efectuada por su ex- pareja siendo viviendo de los dos y sin sentencia por medio, son coacciones. Un saludo.