Quizas seria conveniente, antes de la venta, llevar al Ayuntamiento la escritura de adjudicacion de la herencia, a fin de que pongan en la misma una diligencia aclarando la prescripcion del impuesto.
A partir de ahi, realizar la venta.
La de la herencia, esta prescrita a partir de 4 años 6 meses, desde la fecha de fallecimiento.
La nueva venta, si tendra que abonar plusvalia, pero con la advertencia de que el Ayuntamiento, tendra que tomar como ultima transmision, la fecha del fallecimiento (como si efectivamente se hubiera liquidado la herencia).
Salvo mejor opinion.
hola a todos!herede un piso de mis padres en el año90.voy a venderlo. pasados 16 años me dicen que este impuesto puede haber prescrito. ¿podeis confirmarme si ha prescrito y cuando se produce esa prescrpción?muchas gracias