Pero si últimamente todas las demandas y las contestaciones están rematadas con un absurdo OTROSÍ sobre la "subsanación" ex art. 231 LEC. Úsalo para recurrir la resolución de inadmisión, puesto que tiene que darte plazo para subsanar.
Buenos días compañeros. Me estiman una demanda y recurre la otra parte, lo normal. Me dan diez días para OPONERME AL RECURSO, y dentro de plazo presento mi escrito y en vez de decir que me OPONGO AL RECURSO digo IMPUGNO EL RECURSO. El Letrado de la Admibsnitración de Justicia me inadmite el escrito. Me parece un disparate, pero ¿Que opinais?