¿Es recomendable reclamar despido improcedente pese a que la empresa haya abonado 33 días por año trabajado de indemnización?
Todo esto con el objetivo que el SEPE no entienda que ha sido un despido pactado y anule la prestación por desempleo.
¿Es esto posible? ¿Tiene sentido que se entienda como despido pactado si se está abonando la indemnización fijada para despido improcedente?
Sin que haya habido despido pactado ¿quien tiene la carga probatoria y que pruebas se valorarían?
Antes de nada, decir que en un despido disciplinario lo que nos marca la teoría es que no existe una indemnización. Después de esto existen dos "vertientes del problema":
1- El sepe suele pensar que es un despido pactado, y que la indemnización no se haya fijado ante el smac, puede hacer que se deniegue la prestación por desempleo. Por eso y aunque parezca más pesado y se dilate unos días en el tiempo, es mejor hacer el disciplinario y que luego se vaya al smac para reconocer la improcedencia. Ni la empresa ni el empleado necesitan abogados para eso, no hay coste.
2- Hacienda, te va a considerar la indemnización por despido como un ingreso más por trabajo. Estaría sujeto a retención de IRPF cuando lo paga la empresa, y sumado al resto de ingresos del año podrías pasar al siguiente tramo en la declaración de la renta. Pierdes por dos partes.