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impugnar jura de cuentas

1 Comentarios
 
15/01/2010 12:47
Si la Ley no dice nada , ésta no te obliga , tendrás que tener en cuenta la cuantía , pero siempre es conveniente que te represente un Procurador y te asista un Abogado , ya que no siempre es fácil realizar correctamente la impugnación.
Impugnar jura de cuentas
13/01/2010 18:10
Hola a todos,

Tengo que impugnar una jura de cuentas y dudo de si es preceptivo procurador y abogado. Los art. 34 y 35 de la LEC no me aclaran nada.

Gracias de antemano. Un saludo