Somos 32 vecinos en un residencial de duplex adosados. En la ultima junta solo se presentaron 10 según el acta , pero es falso porque pone dos de ellos somos mi vecino y yo que no hemos estado, es decir que solo se presentarían 8 personas. Deciden aumentar las cuotas mensuales un 33% y aprobar los presupuestos de gastos del 2007 y yo quiero saber si se puede impugnar esta junta por falta de quorum o por mentir en el acta o lo que sea y saber como se impugna una junta de propietarios porque al parecer hay unos cuantos que hacen trabajos para la comunidad y se aprueban sus gastos sin mas presupuestos etc.
No das detalles de como se aprobaron los distintos acuerdos, con 8 propietarios si se hace bien se puede aprobar todo aquello que esta en el Orden del Día de la convocatoria para esa reunión que no requiera mayorías cualificadas.
En las convocatorias generalmente se incluye dos horarios para la reunión una en 1ª convocatoria y otra en 2ª, en la 1ª para que se pueda llevar a cabo la reunión tienen que estar presente el 50 +1 de los propietarios que ha su vez sumen el 50 +1 de las cuotas, pero en la 2ª convocatoria se pueden aprobar los asuntos antes citados con la mayoría de votos y cuotas de los presentes en la reunión.
En el tema del Acta que han puesto dos propietarios que no han asistido a la reunión, esto se puede rectificar y no pasa nada ya que puede ser un a equivocación ya que los acuerdos si hay mayoría en la 2ª igual da 8 votos que 10 no cambia nada con respecto a los acuerdos.
También todos los votos de los propietarios citados y ausentes de la reunión, si en 30 días no manifiestan su desconformidad con lo acordado al secretario de la comunidad estos votos se consideraran favorables al acuerdo.
Todo esto sin saber como se tomaron estos acuerdos.
La mejor forma de defender tus derechos es asistir a las reuniones y contribuir a que se hagan bien las cosas y al que no funcione bien se le destituye del cargo.