Buenas tardes ,
En febrero del 2012 fue atropellado por un coche de noche en un camino de servicio de una avenida con suficiente luz y demandamos al conductor por la vía penal - juicio de faltas y en septiembre del 2013 se celebra el juicio . Mi abogado es un familiar lejano recomendado que no ve necesario un perito propio en este caso .
La asegurado presenta un informe-reconstrucción de accidente con muchas deficiencias basado en un atestado policial que recurrimos por ser falso y deficiente
. El mismo día del juicio la jueza absuelve al conductor sin más.
En el recurso señalamos fallos en el atestado y el informe pericial por carecer mediciones como la luz , mediciones acerca de la localización del atropello , la falta de la prueba de alcoholemia ( sufrí 4 fracturas y muchos cortes en la cabeza - hubo charco de sangre en el suelo - y aun así la Policía sin hacer la prueba ) .
En julio del 2014 se vuelve a absolver al conductor que en el juicio había admitido que se encontraba malísimo antes de coger el coche (fuertes dolores estomacales) pero se señala un AUTO DE CANTIDAD MAXIMA que es exactamente la cantidad que señalo la forense médico que habíamos reclamado como indemnización .
En septiembre 2014 intentamos ejecutar el AUTO DE CANTIDAD MAXIMA pero el seguro del conductor de 19 años se opone en enero 2015 .
En septiembre del 2015 contestamos a la oposición y pedimos igual que el seguro fecha para una vista.
Mientras tanto empiezo a dudar de la competencia de mi letrado (recomendado por ser familiar lejano ) ya que otra vez no ha hecho nada con respecto al perito .
En febrero de 2016 cambio de abogado que me recomienda conseguir un contra peritaje -- aunque en principio fuera de plaza para el juicio .
Contactamos con un perito y este nos dice que nuestros mejores opciones son intentar anular el informe recurriendo vía fiscal por violación del artículo 95 apartado j) del ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO y la Ley 381 ya que los peritos que firman el informe usan el logotipo de la UPC (Universidad Politécnica de Cataluña ) y tienen aparentemente como funcionarios una relación comercial con una aseguradora .
Me gustaría conocer su opinión si la tiene sobre esta cuestión .