La vista se debió solicitar para hacer alguna excepción a su recurso, al no presentarse debió entender que no tenía argumentos y motivos de impugnación del recurso. Así pues, el juez sólo podrá dictar resolución sobre lo que Vd. ha alegado, el expediente aportado por el Colegio de Abogados, en el que figura la documentación que aportó en la solicitud y en base a la Ley y Reglamento de Justicia Gratuita,
La vista sólo se suele solicitar cuando pueda presumirse que hay indicios de engaño, mala fe u otra causa que influya en el reconocimiento o denegación del derechos a obtener Justicia Gratuita.
Efectivamente asi fue, la parte recurrente o Abogado del Estado fue el que solicito la vista, pero finalmente no se presento a la vista. ¿Esto en que influye?
La vista la solicita el recurrente o el Abogado del Esta.do. Por lo que, el Juez dictará sentencia acordando conceder o denegar la justicia gratuita según lo alegado en el recurso y la documentación aportada, suele tardar entre un mes aproximadamente. y le notificarán la resolución en la que no cabe recurso alguno.
Queria hacer una consulta, es acerca de una impugnacion que presente por una denegacion de Justicia Gratuita, y que ayer dia 12/09 me citaron para una vista en los Juzgados de Plaza de Castilla acerca de este tema, pero resulta que la otra parte, “El Abogado del Estado” que solocitaba la denegacion de la Justicia Gratuita, no se presento, por lo que tan solo me reafirme en mi impugnacion y me hicieron firmar un papel donde ponia que yo habia comparecido y me ratificaba y la otra parte no se habia presentado.
Mi pregunta es, ¿que pasa ahora? Me conceden la Justicia Gratuita ya que la otra parte no se ha presentado y entonces sale a mi favor la inpugnacion?
Espero respuestas, ya que estoy un poco perdida en estos temas y es la primera vez que me enfrento a un tramite judicial. Gracias