La verdad es que con tanta ley, tantos parámetros conceptos jurídicos y legislativos, los que somos neofitos, o no profesioneles nos vemos desvordados por tanta matería.
Paso a continuación a formular mi supuesto. Hace poco mi madre como propietaría de una finca rústica, vino un amigo de mi padre, asesor y que ahora se ha montado en el mundo empresarial inmobiliario, la cuestión es que tras algunos regateos se llego a un preacuerdo, donde figuran las condiciones del contrato, en ese preacuerdo se fija que por la transmisión de la finca, el se compromete a la entrega de 3 pisos de libre elección y libre de todo impuesto asi como la entrega de un importe en dinero, el preacuerdo contiene la firma de mi madre así como la del representante de la promotora, que es amigo de mi padre, de hecho el corredor que también participo insistio que el corria con bastantes gastos, uno de ellos el IVA de los tres pisos (así lo manifesto y expreso de forma reiterada), el de la plusvalia corre a cargo nuestro, aunque en el preacuerdo no se menciona nada de ello, pero a falta de mención en el pacto, se entiende que es a cargo de mi madre ( quien cede el terreno ).
La sorpresa viene el día de la firma, ante notario. Yo confio en el amigo de mi padre, no pongo en duda su palabra, así como en el preacuerdo, y ese día no puedo ir a acompañar a mis padres, mi padre leyo el contrato con alguna extrañeza, pero firmo junto con mi madre, pues con el nervisiosmo del cheque ( el resto del pago de la transmisión ). En el contrato se contenía, que si bien el pagaría todos los gastos que se ocasionaría la obra de cualquier naturaleza, después (en la siguiente pagina) menciona que mi madre, pagaría el IVA una vez entregada los bienes construidos.
Lo que me gustaría sabe si bien en el preacuerdo no se menciona el IVA, y sí en el contrato firmado, dando fe el notarío, si eso es susceptible de ser impugnado, hay alguna manera. Los actos de notario son siempre "rigidos", en el sentido de que firmado una vez, no cabe ni recurso, ni impugnación.
El IVA es cosa vuestra. Aunque verbalmente os dijeron una cosa. Tanto en el preacuerdo, por no decirse nada, como en la escritura, por indicarse expresamente.
No puedes hacer nada, salvo gastar en abogados, ya que se han firmado dos documentos que dan a entender que debes pagar el IVA.
"en ese preacuerdo se fija que por la transmisión de la finca, el se compromete a la entrega de 3 pisos de libre elección y libre de todo impuesto asi como la entrega de un importe en dinero"
Creo que el tema es más delicado de lo que pudiera parecer a simple vista. Pues no se trata de una compra, caso en el que si se debería asumir el impuesto, sino de una venta, en la que el pago es parte en especie , los tres pisos, parte en dinero.
En mi opnión es aconsejable que dada la complejidad del caso el tema sera estudiado por un profesional, pues cabe la posibilidad de que aunque la Hacienda Pública, reclamase el pago de la cuantía del impuesto, y fuese abonado, dicho importe fuese reclamado al promotor pues no vende tres pisos , sino que COMPRO, pagando en especie.
Hay un punto flaco y es que el preacueerdo sólo contiene la firma de la madre, depende de la parte de España en la que se encuentre puede ser un inconveniente.
Cómo decía antes es un tema delicado, pues sería conveniente iniciar cualquier reclamación despues de la entrega de las viviendas.
Iniciarla con anterioridad puede ocasionar más problemas de los que se pretende solucionar.
" Los actos de notario son siempre "rigidos", en el sentido de que firmado una vez, no cabe ni recurso, ni impugnación."
A éste respecto, si bien es cierto que los documentos notariales son una prueba de cargo, es decir , lo que se afirma en tal documento por el hecho de ser notarial, ya se da por válido.
Tambien es cierto que el juez tiene autoridad para decidir sobre si ese documento contiene errores , en este caso quien debe asumir el IVA.
No sería un proceso fácil, porque por un lado hay un documento notarial, y por otro la ley del IVA es de las más complejas.
Rectificación : El quid de la cuestión no es quien debe asumir el IVA, sino que la venta de una finca que no esté afecta al impuesto en la que parte de pago se realice en especie , de origen al impuesto, y en caso afirmativo, ( que puede ser pues hay una transmisión) dicho impuesto sea asumido por el vendedor de la finca.
Perdón pero cuando AntonioPB dijo: "aunque en el preacuerdo no se menciona nada de ello, pero a falta de mención en el pacto, se entiende que es a cargo de mi madre" creí que hablaba tanto del IVA como de la plusvalía, y en realidad se refería sólo a plusvalía.