Entiendo que en el tema de la pensión la cuantía a tener en cuenta se encuentra entre 4.800 y 9.600 €, o es indeterminada, dado que además habría que añadir otros conceptos no cuantitativos. La modificación de medidas tiene su propio procedimiento por lo que tampoco podemos compararlo exáctamente con un verbal. Y por otro lado, dos cosas: todavía no se ha dictado la Tasación y ¿porqué no recurriste la Sentencia?.
El problema es que se pedía modificación de guarda y custodia y pensión de alimentos de 400€ a 800€, no deja de ser un verbal, con una cuantía pequeña. Entiendo que es excesiva por eso, 5000€ de honorarios por contestar a demanda y acudir a juicio? Me parece abusivo, aunque es cierto, que aún el secretario no ha realizado la tasación, solo tenfo el escrito donde la parte contraria lo pide, pero por ir anticipándome. Gracias AR.Abogada
Tendrás que presentar escrito de impugnación de la tasación de costas, argumentando lo que consideres conveniente a tal efecto, bien porque consideres que el abogado tasante se ha equivocado de criterio, o ha tomado como base una cuantía incorrecta.
¿Por qué dices que son excesivas? ¿Porque te parece demasiado a simple vista o porque has hecho un cálculo y tus números salen por debajo?
Mi marido solicitó un cambio de colegio para su hijo. En base tanto a las mejores condiciones y recursos del centro escolar como a las dificultades de aprendizaje que presentaba el niño y que precisaban de una atención especial que en el centro que él proponía estaba garantizada mientras en el que estaba no. Todo argumentado y aportando pruebas e informes de especialistas.
Fué condenado en costas. Y no veo dónde está en ello ni la malintención ni desde luego había ningún engaño.
Mis disculpas, pero personalmente, por lo que he podido comprobar, llego a la conclusión que la condena en costas es más bien una medida de disuasión para que los Padres no insistan demasiado en pedir los derechos de sus hijos. Sobre todo si con ello "molestan" y contrarían a las "abnegadas" madres custodias.
Es extraña la condena en costas en procedimientos de familia.
Pero si, si que las puede haber.
Supongo que habría que comprobarlas en el colegio de abogados o algo así
Anónimo
31/08/2016 11:48
AbogadaB90
Buenos días,
No soy abogado, pero en mi caso nunca he tenido que pagar costas. Creo que para los procesos de familiar no hay costas
Nos han condenado en costas en un procedimiento de mpdificacion de medidas de familia, y habiéndose practicado la tasación de costas, estas se fijan en 6400€, tan solo 5.000 euros por abogado, no habiendo intervenido en el procedimiento ni peritos ni nigun profesional., la compañera se ampara en el criterio 18 del ICAM, pero claramente nos reusltan excesivas estas cantidades
Alguien podría ayudarme para ver cómo planteo la impugnación?