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impugnacion asamblea

1 Comentarios
 
04/04/2012 11:05
tenga en cuenta que el art. 40 de la Ley de Asociaciones distingue los acuerdos que sean contrarios al ordenamiento jurídico (en donde no hay plazo de impugnación) de los que sean contrarios a los estatutos, en donde hay un plazo de 40 días desde su adopción para impugnar.

salvador.garnes@sanm.es
Impugnacion asamblea
03/04/2012 15:27
Quiero impugnar una asamblea extraordinaria de una asociacion sin animo de lucro en la que se trataba el cambio de junta directiva por incumplir diversos articulos de los estatutos y de la ley de asociaciones. La pregunta es puedo presentar yo directamente la demanda? en que juzgado? Gracias