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Impugnación alta médica

8 Comentarios
 
Impugnación alta médica
08/10/2005 11:09

Hola a todos;

Qué sentido tiene impugnar un alta médica?

....Y me explico:

Imaginaos que el médico de cabecera dá el alta a un trabajador. El alta médica es inmediatamente ejecutiva, es decir, que el trabajador aunque impugne ese alta está obligado a reincorporarse al trabajo.
Para impugnar el alta médica es preciso hacer reclamación administrativa previa. Lo más normal es que esta reclamación no prospere, y que posteriormente haya que presentar demanda en el juzgado de lo social. Es fácil que el juicio se señale al cabo de los ocho meses desde la interposición de la demanda. Y entre tanto, el trabajador sigue currando a la espera de un juicio y una sentencia que revoque el alta indebida. Y para entonces puede que el trabajador ya esté plenamente recuperado.

Y la pregunta es... qué resuelve la sentencia CUANDO UN AÑO DESPUES EL TRABAJADOR SE ENCUENTRA PLENAMENTE RECUPERADO DE SUS DOLENCIAS. Admitir que el alta fué indebida?... O además la sentencia establece alguna otra compensación económica en favor del trabajador?...

Como lo veis...

Saludos.

10/10/2005 11:33
Yo, pienso lo mismo que tú, porque en la mayoria de los casos cuando impugnas, si el trabajador realmente está incapacitado lo adecuado es que no vuelva al trabajo. Pero!, si es una injusticia de carácter administrativo, lo que hago es que seu médico de familia le inste una nueva baja por otra patología, cuando algún trabajador está incapacitado, la iincapacidad no siempre es de tipo Física o viceversa. Otra cosa en cuando el médico no colabora en intentar paliar la injusticia, entonces el trabajador no tiene más remedio que acudir al trabajo. La verdad es que los procedimientos en los que he impugnado no han tardado 8 meses, si fuera así probablemente no impugnaría.
Me parece muy interesante éste tema planteado por tí, por lo que me gustaria que alguién más del foro opinara al respecto. Saludos
10/10/2005 12:01
Hola;

Analizando un poco más detenidamente el tema... yo creo que si el juez declara el alta indebida deberá abonar el inss la prestación de IT por el tiempo que media entre que el trabajador recibió el alta indebida y el momento en que el juez establezca en la sentencia que el trabajador estaba ya plenamente recuperado (aunque en ese momento estuviese trabajando como consecuencia del alta indebida).

Es decir, si el juez decide que el alta fué indebida durante un determinado periodo de tiempo, en ese periodo el trabajador habrá cobrado la nómina correspondiente por haber estado trabajando, y la sentencia recogerá, digo yo, la obligación de pago por el inss de la prestación de IT.

No se si estoy en lo cierto...

saludos.
02/11/2006 17:15
Hola, Punchonet
Justo andaba mirando por la red algo sobre altas indebidas, y me he encontrado con tu mensaje.
Precisamente tengo un caso de un trabajador que le han dado un alta indebida, y me planteaba lo mismo que tú.
En un foro sobre mobbing he encontrado un post bastante interesante: http://www.forosdelmobbing.info/phpBB2/viewtopic.phpt=9435&sid=e8886ff9f390f17d1050116dfaf34e18
Supongo como tú que la sentencia ordenará abonar durante el periodo que fije de incapacidad el correspondiente subsidio de IT, pero me imagino que si el trabajador también ha estado cobrando su nómina, habrá un doble cobro, salario y subsidio, y por tanto un enriquecimiento injusto del trabajador, no?
Me gustaría que alguien que supiese más que nosotros de altas indebidas nos diese su opinión, y a mí especialmente me gustaría preguntar sobre las entidades que deben ser demandadas, y si hay que presentar antes contra todas reclamación previa.
Y también sobre la prueba que hay que practicar en ese procedimiento para tener esperanzas de que la demanda prospere, y el juez pueda considerar acreditado que el alta fue indebida: ¿es necesario aportar informes de médicos privados, o qué pruebas?
Y una última cosa que me interesa: ¿qué intervención tiene la Inspección Médica en estos casos?
Saludos
03/08/2022 16:36
Estoy en situacion de baja laboral por la seguridad social y tengo una póliza de seguro profesional con Vital Seguro para cubrir las perdidas económicas derivadas de baja .Hoy he tecibido una conunicacion donde me dan alta porque consideran que mi enfermedad es crònica y no se contempla indemnizacion en este supuesto.Fractura vertebral en septiembre,baj tres meses,alta la boral en enero y he trabajado hasta el mes de junio,el medico me da de baja por dolor que reaaarece secundario a esta fractura y a osteoporosis .Creo que se trata de una reagudizacion y no una enfermedad crónica,como puedo reclamar?Gracias
15/07/2023 01:25
punchonet
Hola, te respondo en base a mi propia experiencia.
En primer lugar, si el médico, la mutua o el inss te da el alta y no puedes currar, es aconsejable, impugnar el alta x vía administrativa, pero también te puedes saltar este paso e ir directamente al Tribunal. Y en segundo lugar, estos juicios son prioritarios, precisamente para evitar ese limbo k se crea al trabajador, suele tardar como mucho 2 meses en salir, también hay plazos para estas cosas, al igual k para la sentencia k también hay un plazo.
15/07/2023 01:33
Hola a todos, necesito saber algo, aver si me podéis ayudar. Pasados los 365 días de baja, el inss cita al trabajador a un reconocimiento con inspección médica y a los 4 días le da el alta, se impugna x vía administrativa y ante la negativa, se demanda en Tribunales, además de denunciar al inss y al servicio público de salud x la impugnación del alta, también hay k denunciar a la empresa y/o la mutua?
El juicio se suspende cuando sale porque no aparece la empresa, os paso a alguno??,
15/07/2023 13:20
Damacuk
Buenas,yo doy mi opinión en base a lo que me a pasado a mí, primero si tú médico te da el alta porque cree que estás recuperando,tienes que ir a trabajar siempre,pero si tú no puedes ,te presentas en tu trabajo y en cuanto te sientas mal te marchas a urgencias,le llevas ese informe a El en cuanto puedas, debería volver a darte la baja,pero si tú médico no quiere dártela ,estás j*****,porque es El el primero que tiene que ver si no puedes trabajar como tú Médico de cabecera ,tienes otra opción si no estás de acuerdo,ir a tu centro médico y pedir hablar con el jefe del centro,exponerle tu problema ,y podría ser que te cambie de médico ,o el mismo te de la baja, Ahora bien si no consigues que ninguno te la de ,es muy difícil que te dé la razón el tribunal o el INN.Mi consejo llegando este punto, es si tienes alguna otra patología reclamar baja por recaída,y esa si pueden dártela.Costestando al último compañero,la Empresa no tiene nada que ver en las bajas,son los médicos quienes las dan ,bien sea por enfermedad o por accidente laboral,en lo primero tu médico de cabecera y en lo segundo la mutua de tu Empresa,pero si tú baja es por enfermedad común ,la mutua solo te llevará un seguimiento y nada más ,el alta o baja es el médico de cabecera y nadie más, también estoy de acuerdo con otro compañero que una impugnación de baja tarda Maximo 2 meses ,no 8 ni 10 ,eso es cuando reclamas ya por vía judicial una posible incapacidad e incluso más tiempo,espero les valga mi opinión,un saludo
08/08/2023 22:04
En mi caso, octubre/2020 tras pasar ya los 365 días de IT, me llamo una funcionaria x teléfono y de muy malas formas me comunico k me daban el alta medica, tras hacer todo el proceso x vía administrativa, en diciembre/2020 sale mi juicio de Impugnación de Alta y el juez me da la razón, no se me abono ningún dinero porque primero estuve cobrando vacaciones y el 18/11/2020 me dieron otra baja x otra patología totalmente distinta a la primera. Me mandaron en 05/2021 a pasar Tribunal medico, y si fue borde la primera funcionaria del alta x teléfono, esta otra la superó con creces y también me dieron de alta, Esperando a k llegara juicio x IP fijado en ener/2022, en abril/2021 ami y a otros tantos trabajadores nos despiden y sin derecho a paro.
En 11/2021 acatando 1 orden judicial otra empresa nos tiene k incorporar, como yo sigo sin poder currar voy medico de cabecera y pido baja, a lo.k descubrimos que tienen bloqueado mi expediente en el inss y no dejan dar baja al médico, tras hablar x teléfono con inspección médica mi medico, me desbloquean expediente y me da de baja x la primera enfermedad, a finales de ese mes el inss me anula esa baja....a primeros de diciembre/2021 me da una baja x problemas de dolores de articulaciones, y me la aceptan, durante todo el año 2022 me suspenden y aplazan 4 veces mi juicio x IP, y finalmente me lo fijan para enero/2023, a todo esto en 12/2022 hago los 365 días de IP y espero la llamada de alguna funcionaria pa darme el alta. Sale el juicio al k yo no asisto porque no me encuentro bien, y 2 días después me Dan la sentencia, k es digna de leer, en la que la Jueza expone, entre otras cosas, k no es necesario ni obligado hacer milagros para k una persona como yo con 0.2 AV y medio ciega, siga desarrollando habitualmente su trabajo de grabación de datos y me concede la IPA con carácter vitalicio.
Con todo este rollo espero ayudaros a muchos de este foro, k a pesar de las muchas complicaciones k nos ponen, siempre se ve luz al final del camino. Un saludo