Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

impugnación alta médica, y ya no trabaja en la empresa

6 Comentarios
 
Impugnación alta médica, y ya no trabaja en la empresa
30/08/2012 13:30
Hola, soy una abogada un poco novata en laboral. Me acaban de dar un turno en el que tengo que presentar demanda de impugnación de una alta médica dada por una mutua en accidente laboral. El caso es que a estas alturas el trabajador ya no trabaja en la empresa, entonces ,mi pregunta es, ¿Qué pido en la demanda, una indemnización, y si es así como la valoro?. La solicitud de la baja por IT no la puedo pedir por no trabajar ya en la empresa, pero está claro que el trabajador pudo estar trabajando indebidamente por haberle dado una alta demasiado pronto. Gracias.
30/08/2012 13:58
La impugnación del alta médica es precisamente para solicitar que el trabajador continúe de baja...vamos si uno no está de acuerdo con el alta médica por considerar que no existe curación se impugna a efectos de que se reconozca la baja, con efectos económicos desde que se dio el alta indebida. Vamos que impugnas un alta indebida a juicio del trabajador y que es lo que tu debes defender.
No importa que no esté en la empresa...el trabajador continúa de baja por IT aun cuando se extinga el contrato de trabajo. Al ser por accidente de trabajo continúa percibiendo la prestación económica por la mutua hasta el alta médica, momento a partir del cual pasa a percibir la prestación por desempleo si reune los requisitos. Además al ser la baja por accidente de trabajo no se descuenta el tiempo de IT posterior a la extinción del contrato de trabajo de la duración de la prestación por desempleo. Si fuera por contingencias comunes si se descontaría.

Te recomiendo veas el artículo 222 de la LGSS que regula ese supuesto.
30/08/2012 14:07
Para la impugnación del alta médica emitida por la Mutua mírate el REAL DECRETO 1430/2009, ahi tiene el procedimiento y plazos para impgunación de altas médicas emitidas por la Mutua antes de los 12 meses así como las emitidas por el INSS.
30/08/2012 14:41
A efectos de impugnación judicial, en el art. 71 Ley 36/2011 tienes la regulación de la reclamación administrativa previa a la via jurisdicional.
31/08/2012 13:29
Muchas gracias por las explicaciones. Esta persona fue dada de alta médica el día 19 de julio por lo que volvió al trabajo a pesar de los dolores que tenía. Solicitó la revisión del alta al INSS y se la denegaron y ahora tiene 20 días para ir a la vía judicial, plazo que está paralizado hasta que le notifiquen la designación del abogado por carta. En este medio tiempo el contrato laboral se ha terminado y ya no traabaja para la empresa.
Por eso es por lo que digo que no sé que pedir, porque ya no hay relación laboral.
Otra pregunta que tengo es que si puedo pedir prueba pericial judicial para que examinen el trabajador, porque está pendiente de que le mire el neurólogo en el INSALUD, pero no le han dado cita, y vete tu a saber para cuando se la dan. Entonces no sé ni cuántos días puedo pedir de baja, necesito que un médico lo examine (el trabajador no va a pagar uno de su bolsillo, y menos ahora que esta en paro) y determine los días que debió estar de baja y conforme ese diagnóstoco pedir lo que corresponda.
Mucha gracial.
11/01/2013 13:09
Hola marga s.
Nos puedes contar como quedó tu asunto?
16/01/2013 13:16
Hola, yo estoy formándome ahora como abogado, tengo 25 años y he tenido que hacer un caso de impugnación de un alta médica por contingencia común.

He solicitado la pericial de una médica al tiempo en el que se le dio de alta ya que estaba imposibilitado para realizar cualquier tipo de actividad física (mi cliente es mozo de almacén y le dieron de baja por peritonitis secundaria aguda que es la peor de las peores).

Lo he echo bien? digo, solicitando la pericial, pues quien le dio el alta fue el servicio médico del principado de Asturias, y yo mediante otro sí, pido como documental los informes médicos de ellos (del SESPA) la pericial de esta médica, y el interrogatorio del encargado que cuando se reincorporó al trabajo mi cliente vio que era incapaz de hacer nada sin sufrir dolores teniendo que destinarlo incluso a tareas mas livianas y ni aun así.

Muchas gracias compañeros!