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impugación denegación asistencia jurídica gratuita

4 Comentarios
 
31/08/2011 19:13
Muchas gracias ac37, me ha sido usted de mucha utilidad
18/08/2011 17:41
Pues la verdad es q no lo sé, lo q yo haría sería presentar el recurso en plazo, exponiendo por otrosídigo q por encontrarse el interesado en prisión se interesa se proceda a su ratificación/firma por auxilio judicial vía juzgado de vigilancia o el q se estime competente. Se me ocurren otras vías, pero para q vamos a liar mas la madeja.

Te recuerdo q puedes informarte en el mismo juzgado, tal vez te tropieces con algún funcionario diligente, q tb los hay (al igual q pasa con los abogados y demás fauna q pululamos por esos juzgados dejados de la mano de dios) y éste te informe convenientemente.

Siento no ser de mas utilidad.
16/08/2011 17:41
Muchas gracias ac37;

Es lo que me temía, pero ¿qué ocurre si el afectado está en la cárcel? Es que esta persona no está incapacitada, pero capacitada para hacer un recurso pues tampoco. He pensado en hacérselo yo y que lo firme el hijo ( los 5 días hábiles que hay para presentar el recurso no nos dan para mandarselo por correo y que firme). Si lo firma el hijo,¿quizás nos den plazo para subsanar defecto o lo echaran definitivamente abajo?

Gracias
16/08/2011 13:22
El afectado, a no ser q su hijo tenga un poder especial al efecto y a no ser q se encuentre legalmente incapacitado, en cuyo caso sería de aplicación el art.7.2 y/u 8 de la Lec 1/2000.

Puede informarse en el mismo juzgado.
Impugación denegación asistencia jurídica gratuita
14/08/2011 19:25
La pregunta es muy concisa:

¿Quien tiene que firmar el recurso? El propio afectado? ¿Puede hacerlo un hijo?