Está como anexo comercial y la tienda paga el IVA.
Los locales retienen el 18 % de la renta.
Las Comunidades de propietarios no son personas fisicas, sino comunidades de bienes.
Lo mejor es que ese ingreso lo pongan en presupuesto como ingreso atípico y lo apliquen directamente a gastos de la comunidad, sin hacer reparto. Salvo mejor criterio. Saludo