Plusvalía y declarar al año siguiente la ganancia en el IRPF si hay ganancia patrimonial. No hay más impuestos de vuestra parte, los habrá de parte del comprador.
El registro de la propiedad no es nunca ningún trámite obligatorio, pero es recomendable para todos registrarlo antes, vosotros al adquirir vosotros una parte, y el comprador cuando lo adquiera él, y no dejarle un marronazo. Te lo puedes ahorrar pero el comprador podría perfectamente echarse atrás si no tiene garantías de que es vuestro, y el coste frente al valor de una vivienda por barata que sea es muy poco; si lo registráis antes mejor.
Muchas gracias. Me ha sido de mucha utilidad la información.
Además, había otras cuestiones:
- Tampoco sabemos si aun nos queda algún impuesto mas que pagar o papel que arreglar (parece interminable).
- También nos gustaría saber si es mejor inscribir en el registro de la propiedad ahora o después de la venta si el comprador no necesita que este registrado previamente.
Gracias.
Muchas gracias. Me ha sido de mucha utilidad la información.
Además, había otras cuestiones:
- Tampoco sabemos si aun nos queda algún impuesto mas que pagar o papel que arreglar (parece interminable).
- También nos gustaría saber si es mejor inscribir en el registro de la propiedad ahora o después de la venta si el comprador no necesita que este registrado previamente.
Gracias.
Habrá que pagar plusvalía por la venta de la casa, no de las tierras (la plusvalía es solo para terrenos urbanos), SI el ayuntamiento tiene desarrollado este impuesto (muchos pueblos pequeños no lo han hecho) y si hay una ganancia patrimonial, es decir, si el valor de venta es el valor de adquisición, que en vuestro caso será el valor declarado en el acta notarial de reparto de herencia y en el ISD si se presentó.
También habría que haberlo pagado teóricamente en la adquisición por herencia, pero entiendo que está prescrito, como el ISD. En la venta no, esta empezará a contar desde el momento en que vendáis, claro. Cada uno deberá pagar su parte y en función del valor al que cada uno lo adquirió, puede que para algunos (los que tenían un porcentaje de la vivienda antes de esta herencia) haya habido ganancial patrimonial y puede que para otros no.
Pregunta en el ayuntamiento primero a ver si existe allí el impuesto.
Hola buenas noches.
Acabamos de hacer la escritura de una adición de herencia y ya hemos pagado el impuesto correspondiente. Se trata de un 50% de una casa y tierras en un pueblo de Ávila. Tenemos una oferta de compra de la casa, vamos a vender el 100% entre mis primos y nosotros y tenemos varias dudas:
Tenemos que pagar plusvalía? mi padre falleció en el 2009, la escritura de aceptación de herencia la hicimos en el 2015 y ahora en diciembre del 2023 hemos hecho la adición de estos bienes.
Tampoco sabemos si aun nos queda algún impuesto mas que pagar o papel que arreglar (parece interminable).
También nos gustaría saber si es mejor inscribir en el registro de la propiedad ahora o después de la venta si el comprador no necesita que este registrado previamente.