Buenos días,
después de siete años por fin se ha podido terminar y escriturar una herencia. Durante ese tiempo se generaron unos impuestos que estaban impagados a la hora de la firma de escrituras. En ellas se decía que cada parte asumiría el pago de lo generado por sus propiedades. Bien, en nuestra parte hay unos recibos de agua y basura pendientes que junto con IBI y demás ascendía 4000 € más o menos. Me fuí a la Oficina de recaudación para que hiciesen el cambio de los recibos a nombre de mi mujer que es la titular y me dijeron que no sabían como harían lo de los recibos de agua. Lo demás, al poco tiempo nos llego cambiado y se pagó. Ahora nos ha llegado una carta de la oficina de recaudación a nombre de "HEREDEROS DE....(y el nombre de mi suegro)" comunicando que como no se ha hecho el pago de 2800€ se va a proceder al embargo de propiedades. Mi pregunta es ¿si no se paga pueden proceder al embargo de alguna propiedad a nombre de mi mujer?. Evidentemente es heredera, pero las escrituras ya están a su nombre.
Les agradecería su respuesta.
Gracias.