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impuestos irpf por venta de piso

7 Comentarios
 
Impuestos irpf por venta de piso
16/03/2012 18:31
Hola. Cuando se compra un piso por debajo del valor fiscal, hacienda cobra Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (el 7%) del valor fiscal y no por el precio que realmente has comprado. Mi pregunta es... cuando se vende, ¿ocurre lo mismo?. Pongamos que el piso se compró en 60.000, su valor fiscal (calculado a partir del IBI) es 100.000 y ahora lo vendes por 75.000 ¿cuánto hay que pagar a hacienda en el irpf del vendedor?. Gracias
16/03/2012 23:03
en las ventas de pisos no se paga IRPF, el que vende tiene que pagar la plusvalia
17/03/2012 11:05
Y el impuesto de Transmisiones Patrimoniales, según la Comunidad Autónoma en que se esté.
17/03/2012 12:45
Pero el que vende, cuando haga su declaración de la renta tendrá que declarar la pérdida o ganancia patrimonial, y ahí esw donde va mi pregunta.
17/03/2012 15:10
creo que no está cotemplado, en vez de pagar plusvalia, pagará minusvaloria, pero no en la declaracion de la renta
19/03/2012 12:00
En ese supuesto hacienda SÍ que mantiene el valor fiscal declarado. Esto es. 60.000,00 €.

Tendrás consecuentemente que pagar el incremento de patrimonio, que en el caso que has expuesto será de 15.000,00 € en lo que al IRPF se refiere y ello sin perjuicio de que tu comunidad autónoma le haga al comprador una paralela a los efectos de calcular la base para el pago de ITP.

Tienen montada una máquina recaudadora voraz y sin escrúpulos.
19/03/2012 13:26
Pero en la declaración de renta (IRPF) pone que como valor de transmisión hay que poner el valor real, entendiendo por tal el valor de mercado cuando el precio de venta sea inferior al del mercado. Esto del precio del mercado, no se referirá al valor catastral multiplicado por el coeficiente a partir del cual calculan el 7% para el impuesto de transmisiones patrimoniales. Lo que me preocupa es que si realmente vendo por 75000 y hacienda considere que de eso nada, que son 100.000. Gracias por vuestra ayuda.
19/03/2012 17:06
El valor real es el MAYOR de entre los siguientes: El resultante de multiplicar el valor catastral por un coeficiente que te dirán en tu notaría. En mi población es un 3.5 veces. En caso de que el comprador pida hipoteca, ese valor solicitado.

Se paga un 21% sobre el incremento patrimonial superior a 6000 euros. ¿Y si es inferior? Los 6000 primeros euros tributan solo al 19%.

Y si, Hacienda tiene una fijación especial con las compraventas de inmuebles. Si coincide con que el comprador extrae de su cuenta X dinero de más, tambien lo añade al precio... especialmente si es una cantidad respetable en billetes de 500.

Todo esto son presunciones "iuris tantum" es decir, contra las que cabe prueba en contra... pero tienen la manía de no creerse nada.