Solicito la opinión de ustedes sobre qué impuestos deben ser abonados por el inquilino en el caso de arrendamiento de un local.
Entiendo que si primero rige la voluntad de las partes y no se ha especificado la obligación para el arrendatario de abonar el IBI, ahora el dueño no puede exigir su abono, ¿es correcto?
El contrato es del año 2000.
Agradeceré sus respuestas.