Para aceptar la herencia, no hay plazo a priori. Cuestión distinta es el plazo de 6 meses para declarar el I. de Sucesiones.
Si se declara fuera de plazo sin requerimiento de Hacienda, el recargo es el 1% más otro 1% por cada mes de retraso mientras no se superen los 12 meses de retraso.