Buenas, intento contestarlo en lo que entiendo puedo haber detras de lo que cuenta. Lo primero es que la "herencia" tributa por impuesto de sucesiones y no en IRPF. Entiendo que lo ha hecho porque intuyo que ha vendido un inmueble. Los inmuebles deben aparecer en el IRPF en función de la "actividad" que han tenido, a disposición de titulares, alquilados... y el dinero sólo debe aparecer en los rendimientos que han generado.
En el caso que haya vendido una vivienda heredada, todos los gastos de la "compra" o "formalización de la herencia" pueden ser considerados como mayor valor de compra en la parte porcentual que le corresponden a la vivienda de entre los bienes de la herencia, y los gastos de venta pueden ser considerados como menor valor de la misma.
Tengo varias dudas con la renta, que me gustaría presentar online dada la situación de Alarma Nacional y la imposibilidad de acudir a Hacienda presencialmente.
La primera duda es que mi madre falleció en el 2019 (mi padre hace 8)
¿en la renta puedo indicar como gastos de adquisición lo pagado en el Impuesto de sucesiones, la comisión de la agencia por la venta, los gastos de notario y de registro, etc..?
La segunda duda es que el dinero que había en la cuenta de mi madre que mis 3 hermanos y yo nos hemos repartido ¿donde he de ponerlo en la declaración?
si me pueden ayudar les estaré muy agradecida. Gracias