Risuv gracias por tu respuesta. No vamos a impugnar la tasación porque se trata de un solar urbano y según la Comunidad de Madrid es el precio de la zona; así que me temo que para eso no sirven los peritajes??. En cuanto a la segunda parte la cosa se complica. Nosotros hicimos la declaración del tributo por cabezas (al ser tres tíos los beneficiarios).El juez ha establecido que sea por estirpes (en este caso el beneficiario es mi padre, que recibiría la mitad de la herencia). Contra este auto ha apelado la otra parte; y me acaba de llegar un comunicado de la Comunidad por el cual los mismos herederos han enviado copia del Auto para que se distribuya el impuesto sobre la nueva base: por estirpes. Lo que no han dicho es que ellos han apelado esa sentencia. En suma a mí mandan un facturón y todavía y por una buena temporada no tendré ningún bien. Puedo entonces mandar a mi vez una alegación a la carta de Hacienda señalando que quede pendiente el pago por estar la cuestión en trámite judicial. Muchas gracias
Hola Agapanto. si no estais conformes con la tasación de ha realizado la Administración tributaria, debereis impugnarla y pedir la suspensión del ingreso de la liquidación, y promover el procedimiento de tasación pericial contradictoria para la que debereis nombar un perito.
Por otro lado, como dices que una de las partes ha apelado ( entiendo que quieres decir que se ha opuesto en la declaración de herederos), podeis tambien pedir el aplazamiento en el pago, por estar pendiente la cuestión litigiosa de que se trate.
Mi prima ha muerto sin textar, sin descendientes, hermanos ni ascendientes, de forma que los beneficiarios son tres tíos, entre ellos mi padre. Como la gestión de la declaración de herederos se alargaba (preparar la documentación de los pre-fallecidos), la abogada nos instó a que pagásemos antes el impuesto de sucesión para que no sobrepasar los 6 meses. Entre el cálculo que hicimos y el que luego ha hecho la administración hay una notable diferencia y nos piden intereses por demora; pero aún no hemos sido nombrado herederos, ni nos hemos beneficiado de nada. Además tardaremos en serlo porque una de las partes ha apelado la resolución del juez. ¿tenemos obligación de pagar la demora?