Buenas. Necesitaría que alguien me orientara acerca de la siguiente situación:
El pasado 22 de Octubre falleció mi padre y por una serie de motivos a los herederos no nos conviene la aceptación de la herencia, en un primer momento, a no ser que se den una serie de circunstancias en un futuro a medio plazo que provoquen que sí nos interese aceptar la misma.
Hace un par de semanas, 8 meses exactamente despues del fallecimiento, nos ha llegado una carta dirigida a los herederos de la Junta de Andalucía indicandonos la obligatoriedad de liquidar el impuesto correspondiente aunque sea a importe 0.
La cuestión es que no sabemos muy bien como proceder, precisamente por la posibilidad que antes comentaba de que en un futuro, sí nos pudiera ser conveniente aceptar la herencia.
En alguna consulta realizada particularmente, nos indican la posibilidad de dirigir un escrito a la Junta de Andalucía para informarles de nuestra intención de no aceptar la herencia (igualmente, no tenemos previsto realizar notarialmente, la no aceptación). Una de las cuestiones que me surgen al respecto es, si realizaramos tal escrito y luego cambiaran las circunstancias y nos fuera conveniente aceptar la herencia, ¿que podría hacer la Junta al respecto posteriormente?
Muchas gracias de antemano.
Un saludo.
Tened cuidado porque la no aceptación de la herencia supone su pérdida, por lo que , en el futuro, no podríais recuperarla. Si no controláis esta materia, es mejor que vayáis a un abogado que os asesore convenientemente.