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Impuesto Sucesiones, declaración complementaria

1 Comentarios
 
perfil jp
25/10/2007 00:27
Las infracciones de presentación extemporánea del Imp. Donaciones, se regula por la Ley General Triburtaria, y ésta nos dice que si la presentación es superior a 12 meses tendrás un recargo del 20%. Este porcentaje entiendo que sería aplicable al la base que hubieses pagado en su momento.
Este importe se podrá deducir en un 25% si se liquida el recargo en el tiempo esblecido.
Todo esto es en el caso de presentación voluntaria del obligado, sin requerimiento de la adminstración.
Saludos,
Impuesto sucesiones, declaración complementaria
18/10/2007 12:30
Mi cuestión es la siguiente: mi padre falleció hace tres años, y dentro del plazo presentamos la correspondiente liquidación del impuesto de sucesiones (que estaba exenta del impuesto, residimos en Vizcaya).
Ahora nos hemos encontrado con un bien del que desconocíamos su existencia, y por lo tanto no incluimos en su día en la declaración. ¿Nos pueden poner alguna sanción si hacemos ahora una declaración complementaria con dicho bien por presentación fuera de plazo?