Hola a ver si alguien me puede ayudar un paso con los pasos a seguir.
Falleció un tío mio a finales del 2016, el cual no tenia ni hijos ni estaba casado ni dejo testamento.
Realizamos la pertinente declaración de herederos en la notaria, se procedió a pagar el modelo 650 de cada uno de los herederos.....y aquí viene el problema....uno de los herederos se negó a pagar su parte, dado que previamente se había llegado al consenso que cada uno pagaría su parte sin acceder a lo que hubiese en las cuentas bancarias y así después ya se harían cuentas.
La duda que nos surge ahora a los herederos que si pagamos el impuesto es si para poder acceder a la parte que a cada uno le pertenece de las cuentas bancarias es obligatorio hubiesen abonado el impuesto TODOS, como NO es el caso, es decir si un heredero se le mete en los cuernos no pagar su parte los demás no pueden acceder a su parte del dinero que hubiese......en la entidad en su momento me dijeron que tendría que estar pagado el impuesto por todos, aunque entiendo que quizás me dieron esa respuesta para " medio retener" el dinero y que no se lo saquemos de allí.
Existiría alguna ley o similar que indicase que si un heredero no abona su impuesto en un determinado plazo se pudiese dar como que renuncia a lo que le pertenece o eso solo se podría acreditar en haciendo por escrito y en notaria por el propio heredero. Gracias de antemano a los que pudieseis ayudarme
Hola, mi abuela murió hace 6 años, mi padre su hijo ya había fallecido, ha día de hoy no sabemos nada de los bienes de mi abuela, lo único que sabemos es que su piso esta alquilado.
¿Como debemos proceder? Si el piso esta dando beneficios, habrá que pagar impuestos y no sabemos nada, mis tíos no nos han dado ningún tipo de información.
¿Hay algún plazo para reclamar la herencia?
Hola, me gustaria que me informaran si cuando te reclaman unos intereses de demora al recibir una liquidación complementaria por haber solicitado la Tasación Pericial Contradictoria y ya resuelta me mandan se supone la carta de pago, como pueden exigir y si eso es legal dichos intereses de demora pues entiendo que el acto se suspende no???, en fin que puedo hacer pues ahora me piden pagar la liquidación y dichos intereses.
Mi suegro murió dejando usufructo a mi suegra y herederos a sus hijos, del valor total de los bienes (751000 euros) a mi marido le deja bienes por valor de 32800 euros, resto a otros hijos. Pagamos 263 euros por el impuesto de sucesiones mod. 651 en Navarra que es del 0,8%. Mi marido no quiere registrarlo (escriturarlo) hasta que su madre no muera. La notaría nos dice que tenemos que pagarles 300 euros IVA por el contrato sucesorio con transmisión de bienes de presente. ¿A qué se refiere la notaria?, ¿Hay que pagarlo?, ¿Cuánto tiempo dan para pagarlo?
Muchas gracias
HOLA, mi pregunta va en relación con la herencia de una tia abuela, ha quedado herederos a 17 sobrinos y sus objetos personales se los han llevado algunos de ellos aduciendo que se los había donado en vida. La herencia consta de una casa y unas tierras con cortijo que ya estaban heredadas en vida proindiviso. Mis preguntas son:
¿puedo exigir la colación de esos objetos personales?
Una de los sobrinos tiene trabadas su parte de la finca con embargos, cómo podemos hacernos cargo de estos embargos, influyen negativamente en las otras partes?¿cual sería la solución mejor? hay desavenencias entre la familia
Gracias
Si ya está hecha la escritura de partición, hay que declarar lo que hereda cada uno realmente.
La diferencia, si no recuerdo mal, tributa por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
herencia: vivienda (valorada en 200.000 euros, y deposiot bancario (importe 175.000) dos herederos hijos del fallecido. se adjudican la herencia por mutuo acuerdo, uno la vivienda y el otro el dinero (dif.25.000) testamento abierto 50% cada uno.
pregunta: en el impueso sobre sucesiones (mod.650 y anexos) se detalla el 50% en general o se tiene que detallara cada uno lo que realmente heredan , uno el piso y el otro dinero, hay alguna repercusion fiscal en la diferencia que tendrá que compensar el uno al otro.???
Chicoco, si en el testamento te deja como heredero, los hermanos y sobrinos no tienen derecho a nada, ya que herederos forzosos son solamente los descendientes, el conyuge y los padres o abuelos.
hola estoy como beneficiario en un testamento la persona que hizo el testamento no tiene hijos, solo un hermano y dos sobrinos por parte de la esposa ya fallecida, que les corresponde a ellos que me corresponde a mi. Estoy en navarra hay algo diferente con respecto al resto de españa.
Hola, mi tia fallecido en el año 2009,dejando heredero a mi padre en Usufruto y a sus 2 hijos la nula propiedad. realizamos el impuesto Suc.y Donaciones y no fuimos a la notaria.
En el año 2010 ha fallecido mi padre y ahora en la herencia de mi padre, tenemos una duda y es que como no se hizo efectivo del derecho real de usufruto al fallecer en menos de año si debemos tributar por exticion del usufruto. gracias.
Hola, mi tia fallecio hace tres meses y mi madre ha redado un piso en leon pero el usufructo vitalicio es del esposo de mi tia . ¿que debo hacer a parte de la aceptacion de herencia, ?¿el impuesto de sucesiones sobre que se basa y quien tiene que pagarlo si es que hay? mi tio tiene 75 años y mi madre 80. gracis
Hola, no se en que comunidas estás, en la mía hay que hacer autoliquidación y cada uno de los herederos tiene que tener una carta de pago, en tu caso negativa, ya que no sale a pagar.
si no autoliquidaís, si liquida la propia administración tendreís el modelo 650 presentado y la propia administración puede poneros un sello de liquidado impuesto sucesiones para los herederos que fueran negativos, (en la mía, cuando no era obligatorio autoliquidar, si lo ponían).
Hola a todos,
mi pregunta es:
Hace 5 días fallació mi suegra.Sus únicos bienes son depósitos de dinero en algunas cuentas.Tenían , junto a mi suegro ya fallecido,testamento hecho a favor de sus dos únicas hijas.
el total podría se de unos 70000€.
¿Que pasos hay que seguir ahora para el reparto de ese dinero ,y aprox.. cuánto habría que pagar de impuesto de sucesiones.?
Gracias
Adolfo, si no presentaís el impuesto, os lo van a reclamar seguro porque el registro civil manda los certificados de defunción a hacienda cada 6 meses, sino os podeis poner en contacto con el primo para tramitar el impuesto hay que hacer declaración administrativa del impuesto.
No teneis que ir al notario para nada porque la declaración de herederos al ser de colaterales tiene que ser judicial con firma de abogado. Si quieres puedes ponerte en contacto conmigo sin nigún compromiso en lurdeshernandezmontero@gmail.com
Creo que deberias ir a la notaria y hacer la declaracion de herederos ellos te indicaran que pasa con el primo y te pediran toda la documentacion necesaria.Partidas de nacimiento,escrituras.......
La herencia es de una tia mía soltera, sin hijos ni padres y que no hizo testamento.
Las herederas según creo son mi tia y mi madre (hermanas) también hay un primo del que desconocemos cualquier dato. Los bienes son 240.000€ de un piso y 120 en cuentas.
¿Podríais decirme como proceder?
¿Es fácil que si no hacemos la herencia ni pagamos los impuestos correspondientes en el plazo nos lo reclamen?
¿Podríais decirme cual es el recargo en Madrid si no se paga el impuesto de sucesiones en plazo?
Gracias por vuestras respuestas, efectivamente la notaria nos lo mando porque vencía el plazo (prórroga incluida) Presentamos la liquidación y sólamente tres de los nueve primos ha recibido la comunicacion de la liquidación provisional y al no alegar en plazo, la liquidación definitiva con carta de pago incluida. Esos primos son los únicos que han recibido comunicacion provisional y definitiva, el resto no hemos recibido nada, nos dicen en la oficina que solo les mandan comunicacion a aquellos que tienen obligacion de pagar. A mi me sigue resultado raro porque, cómo demostramos que somos herederos aquellos que no tenemos ninguna constancia de haber presentado el impuesto de sucesiones. Nos aseguran que con haber pagado el impuesto ya se pueden desbloquear las cuentas bancarias, ¿es eso cierto? si es así los que no tenemos nada no podemos ni acudir pues aun no hemos sido designados hereceros, en fin esto es un lio.
Por otro lado en la notaría que hemos elegido no nos facilitan ninguna información no parecen tener ninguna prisa, es posible hacer los tramites notariales en otro notario, de otra localidad
Lo que quiero decir es que el modelo 650 del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, consiste en unas hojas comunes a todos los herederos, en las que se relacionan los bienes con su valoración correspondiente.
El total del valor de los bienes, Hacienda lo reparte entre los herederos en función al testamento y la legislación vigente, para determinar la Base Imponible de cada uno. Todo esto se hace, independientemente de las adjudicaciónes que decidan realizar de común acuerdo entre todos, ante Notario.