Tengo entendido que en la Comunidad de Madrid existe una reducción importante del impuesto de sucesiones para los hijos y conyuges.
Mi pregunta es ¿que pasa si parte de la herencia la forman inmuebles situados en otra comunidad autonoma?
¿deberia pagarse el impuesto en la comunidad autonoma donde están los inmuebles o donde residen el fallecido y sus herederos?
Gracias por la rapida respuesta.
Lo que me dice es lo que yo creia pero he leido en algún lugar de internet que, respecto a los bienes inmuebles el impuesto se debe pagar en la comunidad donde radican los inmuebles.
A mi me resulta complicado entender como se puede hacer pero estoy segura de haberlo leido, aunque no puedo recordar donde.
Aunque tambien pienso que podia referirse al impuesto de donaciones. No estoy segura.
En el impuesto de donaciones:
–Los bienes inmuebles tributan en la Comunidad Autónoma donde radiquen los mismos.
–Los restantes bienes tributan en la Comunidad Autónoma donde tenga su residencia habitual el donatario (el que recibe la donación).