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Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas

3 Comentarios
 
Impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas
05/04/2016 15:50
Hola,

¿ Alguien podría explicarme qué es elImpuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas ? ¿ Es lo mismo que la ganancia patrimonial ?

Gracias !
perfil jfl
05/04/2016 16:08
Hola Midnight,
El Impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas es un gravamen que recaudan las Comunidades Autónomas entre otros casos cuando se produce la transmisión de un bien por un particular (venta de inmuebles, etc.).
La ganancia patrimonial es una parte de las rentas que se incluyen en el IRPF.
Son compatibles, es decir, que un venta puede quedar gravada tanto por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas como en el IRPF.
Por qué lo preguntas? Te ha llegado alguna notificación?
05/04/2016 16:09
Buenas tardes midnight, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas, conocido también como TPO o ITP, no es lo mismo que una Ganancia Patrimonial.
En primer lugar la ganancia patrimonial es una forma de ingreso dentro del IRPF: los ingresos fundamentales del IRPF son los rendimientos del trabajo, pero también los rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario (por ejemplo rentas de alquileres o venta de acciones), y también las ganancias patrimoniales, entre otras.
El TPO es un impuesto distinto al IRPF y se aplica cuando se transmite algo. Funciona de forma parecida al IVA, pero son incompatibles y te doy un ejemplo. Ponte en la situación de comprar un piso a una inmobiliaria, además del precio tienes que pagar el IVA. Ahora bien, si el piso te lo vende un particular además del precio pagarás TPO, no IVA, porque el particular no tiene un negocio de venta de pisos.
Te pongo otro ejemplo para que veas que se distingue de la ganancia patrimonial: Compras tu piso por 100.000 € y después lo vendes por 150.000 €. El TPO lo pagarás cuando compres el piso a razón de 100.000€; pero la ganancia patrimonial es de 50.000 que tributarás en tu declaración de la renta.
05/04/2016 16:19
Muchas gracias a los dos ! No me ha llegado notificación alguna sólo que este año tributaré por ganancias patrimoniales. Calcularlas es un poco complicado para mí: he leído en alguna consulta que al precio de compra hay que sumar gastos, al de venta restarselos, aplicar algún coeficiente y luego aplicar el %..... Toda una odisea ! Al menos ahora tengo estos dos conceptos más claros.