estarias dentro de plazo de prorroga por lo que no deberia ser sancionado, pero lo que si te aplicaran son intereses en los dos casos, desde los 6 meses que finaliza el plazo hasta la fecha de pago.
salvo mejor opinión.
Se solicitó prórroga para presentar autoliquidación de un Impuesto sobre Sucesiones.
Dentro del plazo de prórroga se presentó autoliquidación y se abonó la carta de pago. La Administración practicó una comprobación d valores y daba a pagar lo mism que ya se había abonado en su día al presentar la autoliquidación.
Con posterioridad a ese pago, pero todavía dentro del plazo de seis meses de prórroga, apareció un nuevo bien por lo que se presentó autoliquidación complementaria. Aplicará la Administración Tributaria algún tipo de recargo por ser autoliquidación complementaria o bien se debe considerar que todavía se encuentran en situación de prórroga y no aplicaran recargos?