Ante todo, un saludo cordial a todos.
Hace poco que el Ayuntamiento de Lérida hizo efectivo el cobro del Impuesto sobre bienes e inmubles. Las viviendas de protección oficial se benefician de una bonificación del 50% sobre el IBI, así mismo se reitera el mismo Ayuntamiento de Lérida en las Ordenanzas Fiscales de 2005 del mismo Ayuntamiento.
El caso es que el Ayuntamiento NO APLICA DE OFICIO esta bonificación dando lugar a que muchas familias que poseen una vivienda de protección oficial no se han benecifiado de la bonificación, alegando el Ayuntamiento que es el interesado el que tiene que hacer la solicitud por escrito. TIENE EL AYUNTAMINETO LA OBLIGACIÓN DE ACTUAR DE OFICIO Y APLICAR EL DESCUENTO?.
Los ayuntamientos no saben si al final las viivendas se declararon VPO al terminarse.
No hay oficio.
Cada propietario de unan VPO ha de presentar un escrito aqcompañando la calificación de la vivienda como VPO .
Mejor en el Catastro de Urbana, que es donde resuelven la situación y corrigen estos fallos, pues los ayuntamientos lo han de enviar al Catastro.