hola a todos, estoy haciendo un estudio sobre el impuesto de la plusvalía en expropiaciones forzosas. Por un lado estoy mirando sentencias del TC sobre la constitucionalidad en la relación entre la LEF y la LHL. Quiero hacer una especial mención, pues sobre ello trata mi estudio, sobre aquellos casos en los que los expropiados no reciben cantidad ecónomica, si no que simplemente les son otorgados unos derechos urbanísticos sobre el aprovechamiento, es decir, en síntesis, no están percibiendo justiprecio alguno, si no que más bien están llevando una operación onerosa. Alguien podria comentarme esto ultimo, porque entiendo que no deberia tributar. Si alguien podria aclacarmelo le estaría agradecido, así como si aporta alguna sentencia. saludos