Hola, desconociendo si es en este apartado donde debo hacer mi pregunta os ruego si me equivoco donde poder hacerlo, muchas gracias.
Hola, tengo muchas dudas e intento encontrar respuestas por Internet, a ver si me podéis ayudar:
El tema es el siguiente, una tía mía, hermana de mi madre posee un 50% de un piso el cual es vivienda habitual de ella y de mis padres los cuales poseen el 50% restante, mi tía no tiene descendencia ninguna y en el testamento dice que al morir ella su 50% iría para mis padres y si estos fallecieran iría para nosotros que somos 3 hermanos. Por otro lado esta misma tía posee también un piso en la playa del cual es propietaria al 100% y al igual que el anterior, en caso de su fallecimiento este piso iría a mis padres y si ellos fallecen entonces sería para nosotros que como he dicho somos 3 hermanos en total. Las viviendas y los domicilios de todos nosotros están en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Según la tabla de impuesto y donaciones de la Junta de Andalucía, dice que,
Adquisiciones mortis causa
1. Mejora de la reducción de la base imponible por la adquisición mortis causa de la vivienda habitual.
El porcentaje asciende al 99,99 % cuando la vivienda transmitida haya constituido la residencia habitual del adquirente al tiempo del fallecimiento del causante.
Pero claro no especifica el grado de consanguinidad y no se si mis padres estarían exentos del pago por ser su vivienda habitual o no.
1º. Quisiera saber si al fallecer mi tía, mis padres tendrían que pagar algún impuesto por el 50% de la vivienda habitual, decir que a día de hoy mis padres y mi tía superan los 65 años y si tuvieran que pagar a cuanto mas o menos ascendería el importe, el valor catastral del piso a día de hoy son unos 25000 euros y en realidad las ventas de pisos de estas características por la zona rondan los 80000 euros.
2º. También quisiera saber los impuestos a pagar por el piso de la playa que en valor catastral es 98000 y las ventas en realidad se realizan sobre unos 120000 euros.
3º. Convendría mas que mis padres renunciaran a la herencia a favor nuestro para a la larga evitar tener que volver a pagar si ellos la aceptan por la muerte de mi tía y después fallecen ellos y nos viene a nosotros?
4º. Podrían mis padres renunciar solo al piso de la playa y quedarse en herencia el 50% de la vivienda habitual de ellos y de mi tía.