Haz el contrato que quieras, pero será simulado: no es tu intención: ya lo has dicho: "mi madre me va a dar unos 120.000€": ese hecho imponible implica que tienes que pagar, todo lo que hagas que no sea eso es fraude.... y por ahí yo no ayudo a nadie.
Muchisimas gracias
Y si hago un contrato con mi madre de prestamo a pagar en cincuenta años,por ejemplo?se podria o mirara hacienda si se lo estoy devolviendo?
1º) Si pagas el Impuesto sobre donaciones, el año que viene NO tienes que declarar nada en la renta, ya que, en virtud del artículo 6 de la Ley del Impuesto (de la Renta) "Artículo 6. Hecho imponible.....4. No estará sujeta a este impuesto la renta que se encuentre sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones."
2º) Otra cosa hubiese sido, que tu madre te hubiese donado un inmueble: en ese caso tu deberias pagar el impuesto de donaciones (aunque este tipo de donaciones está muy bonificado en muchas Comunidades Autonomas, con deducciones muy grandes), pero tu madre SI tendria que declarar la ganancia patrimonial (diferencia entre el valor de adquisición en su día y el valor del inmueble en el momento de la donación).
3º) Puesto que tu has dicho "mi madre me va a dar unos 120000 euros", no existe forma legal de no pagar el impuesto, puesto que si tu lo declaras como préstamo estarias incurriendo en simulación, (artículo 16 de la Ley General Tributaria: "1. En los actos o negocios en los que exista simulación, el hecho imponible gravado será el efectivamente realizado por las partes......3.En la regularización que proceda como consecuencia de la existencia de simulación se exigirán los intereses de demora y, en su caso, la sanción pertinente" ), ya que la intención que manifiestas es que sea una donación y no un préstamo sin intereses, que implicaria la obligación por tu parte de devolver los 120.000€: si esa intencion no existe, es una donación.
En un par de meses,mi madre me va a dar unos 120000 euros que yo usare para la compra de una vivienda(vivienda libre).Al ser dinero en metalico,si pago el impuesto de donaciones,el año que viene,al hacer la renta,constaria como ganacias patrimoniales ?¿o solo es con inmuebles? Otra cosa,¿hay alguna manera de evitar de forma mas o menos legal,el pago del impuesto de donaciones?Es que lei algo de prestamo sin intereses. Muchas gracias