Pues si. Entra en la pagina web de tu Comunidad, sección Hacienda.
En principio prescribe a los 4 años. Como el plazo de presentación es de 6 meses, se suele tomar como plazo de prescripción el de 4 años y 6 meses. Una llamada telefónica a tu delegación de hacienda te sacará de dudas en relación a este plazo. En cualquier caso, para cambiar de nombre la titularidad de las propiedades hay que presentar el modelo 650, aunque no haya que liquidar por estar prescrito.
En cuanto al importe del piso, no se si habrás tomado el valor catastral, pero a efectos del ISD hay que tomar el de la Administración Pública. Entra en tu comunidad- hacienda-valoraciones de inmuebles y en principio te debería saltar. Otra opción sería llamar al 010 y te informarán donde tienes la oficina presencial en la que te harán la valoración gratuitamente.
Si tienes intención de venderlo en breves, y puesto que el ISD está prescrito, te convendría declararlo a precio de mercado, para que no te genere plusvalias.