Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Impuesto de sucesiones

4 Comentarios
 
Impuesto de sucesiones
03/03/2012 17:05
Buenas, hace tres meses falleció mi madre, si liquidamos el impuesto de sucesiones y no repartimos de momento la herencia, que porcentaje se tiene que pagar del total de los bienes?, vivimos en la provincia de Toledo, además tendriamos que pagar la plusvalía. Que bienes se declaran en el impuesto de sucesiones?, los bienes en que estuvieran a nombre del matrimonio también se liquidan?, teniendo en cuenta que mi padre vive?.El impuesto de sucesiones quien lo tiene que pagar los hijos y el viudo también por partes iguales?.POR FAVOR ALGUIEN ME PUEDE RESOLVER ESTA DUDA ES MUY IMPORTANTE PARA PODER PONERNOS DE ACUERDO EN DECIDIR QUE HACER.
03/03/2012 19:04
Pues primero tienes que valorar los bienes privativos de tu madre al 100% y de los gananciales imputarle el 50%. Para la valoración te tienes que meter en el portal de tu Comunidad, que es la Junta de Castilla la Mancha : www.jcyl.es/tributos. Encontrarás en esa pagina, un apartado de valoraciones. Vas pinchando según sean los bienes rusticos o urbanos, y rellenas los datos que te va pidiendo para valorarlos. Esta valoración normalmente es orientativa, pero consulta con Hacienda de tu Comunidad, si te vale para liquidar el ISD, ó tienes que pedir hora para que te den una valoración en firme. Puedes hacerlo por tfno.sin dar datos, solo a simple consulta.
Con la valoración que saques de Internet, en la misma pagina inicial de tributos, tienes otro apartado de -modelos y formularios- pincha y en autoliquidación selecciona el modelo 650 de ISD.
En cuanto a lo que tengais que pagar, depende de lo que heredeis cada uno. Si hay testamento, a lo que diga el testamento. Si no lo hay, tu padre tendrá el usufructo de 1/3 del total de los bienes de tu madre (privativos mas 50% de gananciales) y los hijos lo demás.
Recuerda que teneis 6 meses. Despues hay recargo.
Para liquidar el ISD, podeis hacerlo en documento privado entre vosotros y presentarlo en vuestra delegación de hacienda. Para poneros los bienes a vuestro nombre en el Registro de la Propiedad, necesitais escritura ante Notario de disolución de gananciales y adjudicación de herencia.
04/03/2012 15:40
Muchas gracias por su respuesta, pero la página para consultar la valoraciones es de Castilla y León, me podría decir cual es la página de Castilla La Mancha. Mi madre si tenía testamento y está hecho como se hace habitualmente, a partes iguales para los tres hijos y mi padre el usufructo, en ese caso, que cantidad pagariamos en el impuesto se sucesiones?, en tres o cuatro partes?. También me queda la duda de si tendríamos que pagar la plusvalía ahora antes de repartir la herencia si decidimos sólo en los seis meses pagar el impuesto o se pagaría sólo en el momento de repartir la herencia?. Gracias, espero su respuesta.
04/03/2012 22:35
Tienes razón, me he equivocado. Para Castilla la Mancha es distinto. Tienes que buscar "diario oficial de Castilla la Mancha- busqueda avanzada". Cuando entres, casi abajo donde dice texto pones "impuesto de sucesiones" y te saltan las normas de valoración para el 2012 (orden 26/12/2011) ó 2011 (orden 28/01/2011) dependiendo de cuando falleció tu madre. Cuando entres en el que corresponda, ya verás que lo que tienes que hacer es multiplicar el valor catastral por el coeficiente que te digan.
04/03/2012 22:42
En cuanto al pago del ISD, pagais los 4. Tu padre menos, solo por el usufructo, y el resto los 3 hijos a partes iguales.
La plusvalia la teneis que pagar ahora, despues de haber liquidado ISD, tanto si os adjudicais los tres hermanos todo en proindiviso, como si os adjudicais bienes enteros a cada uno.