Falleció mi padre y a los 4 meses, también mi madre, ambos sin testamento. Estaban casados en ganaciales y tenían una vivienda, que es la herencia para sus dos hijos. Supongo que habrá que liquidar separadamente el impuesto de sucesiones de uno y otro; ¿es así?. De ser así, al liquidar la herencia del que falleció primero ¿se debe consignar como sujeto pasivo a su cónyuge y liquidar su correspondiente usufructo aunque ya no viva en la fecha de la liquidación? Muchas gracias.
Gracias por la respuesta. Abusando de tu amabilidad, ¿a qué te refieres con las consecuencias fiscales de la partición de la primera herencia?. Pensamos liquidar la parte del primer cónyuge (50%) con 1/3 para cada uno de los dos hijos y el otro 1/3 con usufructo a la viuda y nuda propiedad a los hijos. En el 2º cónyuge 1/2 para cada hijo y consolidación del dominio del usufructo extinguido. Todo ello por valor real por si vendemos la casa para que no nos trituren en el IRPF. Muchas gracias.