Nada. El impuesto de sucesiones prescribe a los 4 años y medio. Por el impuesto de sucesiones no tendrá que pagar nada.
Si quiere más información acuda a la web www.aherencias.es
Efectivamente, como dice Manugba, el Impuesto de Sucesiones ha prescrito pero no vas a tenerlo fácil a la hora de realizar la transmisión de esa moto. Entre otros documentos, la Jefatura Provincial de Tráfico va a solicitar la declaración de herederos, el testamento o el documento particional en el que se te adjudica la moto y dices que no se metió en el caudal relicto. Por tanto, no podrás demostrar que es tuya hasta que no se realice una ampliación de herencia y se te adjudique esa moto.
Además, te pedirán la justificación del pago o exención del Impuesto de Sucesiones que, aunque está prescrito, te pondrán multitud de pegas.
El resto de documentos, como certificado de defunción, permiso de circulación, Tarjeta de Inspección Técnica en vigor, etc. son más fáciles de obtener.
Disculpa, no se que es el "caudal relicto".
La declaración de herederos la tengo en la que se dice que los únicos herederos somos los hijos a partes iguales. El escrito de renuncia de mis hermanos a esta parte de la herencia también lo tengo.
Actualizo la situación:
La documentación que tengo es:
- Certificado de defunción
- Declaración de herederos en la que dice que todos los hijos somos herederos a partes iguales
- Escrito de renuncia de mis hermanos a esta parte de la herencia
- Impuesto de sucesiones y documento particional donde no se adjudica la moto a nadie porque nadie se acordó de ella en el momento.
-Documentacion del vehículo en vigor.
Agradecería me orientaran sobre el primer paso a dar, no se si en la oficina liquidadora me aclararian algo