Hola a todos, tengo una duda respecto a una liquidacion del impuesto de sucesiones.
Un hombre soltero da una entrada para comprar un piso de 1 millon de las antiguas pesetas de un total de 5 milones (precio de la vivienda). Hace escritura de elevacion a publico como comprador.
Al mes siguiente contrae matrimonio y empieza a pagar la hipoteca que suscribió hace un mes para pagar el total del piso.
Al cabo de 20 años (el piso ya está pagado) el marido fallece. Mi pregunta es ¿el piso se considera bien privativo o ganancial?
El piso es privativo, si hay hipoteca el banco adelantó el dinero para pagar el piso, y luego, ese dinero se fue devolviendo mediante el pago de las cuotas del principal los intereses.
Como el piso está pagado, se deberán liquidar los gananciales, reintegrando a la viuda la parte que le corresponda por esos pagos satisfechos.
Acuda a un abogado con la documentación que tenga para asesorarse correctamente.
Un saludo.