Hola , soy de Castilla y Leon y hace poco hice un impuesto de sucesiones con una valoracion de una casa que hice con la pagina de la junta pero me llega una carta con una diferencia de tasacion de casi 17000 euros , he vuelto a la pagina de valoracion y me vuelve a salir lo que puse .La zona donde es la casa es un sitio centrico de mi ciudad y no se si por eso me ha subido el valor pero en la pagina de tasacion dice que son valores medios de mercado y de acuerdo con la ley.Otra cosa es que creo que me ha puesto la casa como calidad de lujo cuando es un piso de 38 años y de proteccion . ¿Que debo hacer ? Por supuesto ya he pagado 12000 euros del impuesto y quieren que pague 5000 mas. Ayudadme ya no me queda casi dinero para los pagos y para las obras de la casa.
Gracias anticipadas por vuestra ayuda.
Aitor, a mi me pasó lo mismo con Sucesiones en Catalunya. Tributamos por una vivienda en Zaragoza y pusimos la valoración que en Tributos de Zaragoza nos enviaron, valor catastral x coeficiente. Pues resulta que cuatro años después la Agencia Tributaria Catalana envió una solicitud de comprobación a Aragón y éstos se sacaron de la chistera la valoración que ellos hacen a precio de mercado por lo que la agencia catalana nos pide 3.000€ más.
Presenté alegaciones y a día de hoy, han pasado tres meses y no me han mandado la liquidación definitiva.
Pero como te dice Juan S, hay que alegar y si te toca pagar pagas pero siempre puedes recurrir al TEAR.
Gracias por vuestra ayuda . Presente alegaciones ayer pero no las tengo todas conmigo ,ademas he visto que los m2 de la casa no son los mismos en ninguna de las escrituras que tengo y no tienen que ver nada con el catastro , las de vivienda de proteccion oficial dice que tiene 94,47 m2 la de propiedad 95,55 m2 y el catastro 109 m2 ¿ cual sera la que valga y por la que se deberia tasar? Esta claro que el catastro no se de donde se saco estos metros que la casa no tiene.
Hola
Mis hijos ha recibido una herencia, de su tío que en paza descanse , a través de testamento, su aceptación se ha realizado en documento privado, se ha ido hacienda para el Impuesto de sucesiones, la cual ha sellado y etiquetado los modelos 660 y 650, en todas las hojas incluida la carta de pago. La pregunta con esto es suficiente para que los bancos liberen lo depositado en ellos, o hay otros requisitos. Gracias de antemano.
Saludos
José Manuel
En principio es suficiente a efectos fiscales. Pero si hay varios herederos, el banco obviamente antes de entregar dinero a nadie exigirá el documento de partición y adjudicación.
Gracias por responder. El documento que se hizo de aceptación privada ya se indico que la partición seria al 50%. El documento que me indica de partición y adjudicación a cual se refiere, a ese que hicieron en privado u otro, en el caso que sea otro puede ser también privado o debe ser público ante notario. Gracias.
saludos
José Manuel