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Impuesto de sucesiones

6 Comentarios
 
09/09/2013 06:22
En principio, ese testamento, si nos atenemos al derecho comúnmente, aplicable en Madrid entre otros lugares, no sería correcto: entiendo, por tanto que quizá lo que haya sea una disposición sobre el usufructo de la herencia, pero respetando siempre las legítimas de los hijos.

Sea cual sea el contenido de testamento, siempre hay que liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y, en su caso, la plusvalía municipal en el plazo de seis meses, Para el primer impuesto se puede solicitar una prórroga siempre y cuando se haga antes de que transcurra el quinto mes. para el segundo, puede solicitarse también antes de que venza el sexto.

La única posibilidad de que hayan tramitado algo sin su firma es que lo haya. Presentad para liquidación administrativa; pero me extrañaría dada la creencia por parte de sus hermanos de que no hay que hacer nada.

Yo intentaría tratar con ellos el asunto, para urgirles a la presentación y evitar una posible sanción por presentación fuera de plazo, además del pago de intereses.

El coste dependería del valor de los bienes, por lo que no le puedo decir cantidad aproximada.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
(Madrid)
08/09/2013 22:50
Buenas noches, entro buscando consejo/solución a mis dudas, a ver si alguien puede echarme un cable. Os pongo en antecendentes:

1- Mi madre falleció el pasado marzo, mi padre sigue vivo. Ambos residentes en Madrid y con testamento "del uno para el otro y luego para los hijos"

2- Somos 3 hermanos

La cuestión es que llevo tiempo tras mis hermanos para intentar arreglar el tema de la herencia y no hacen más que decirme "que todo está arreglado porque el testamento es de uno para el otro" Con ello al fallecer mi madre, queda todo en poder de mi padre y no hay que arreglar ningún papel. Yo por mi parte no creo que eso sea cierto, pues leyendo he encontrado que existe una parte "legítima" que por ley tiene que pasar a nosotros, independientemente de que el testamento sea "del uno para el otro"; y por lo tanto, habrá que arreglar papeles. Mis dudas, son las siguientes:

- Desde marzo hasta septiembre ya han pasado casi los 6 meses legales para arreglar la documentación ¿realmente el testamento "de uno para el otro" exime de trámites, como me hacen creer?

-Si resulta que aún así hay que arreglar papeles... ¿es posible que los hayan arreglado ellos sin mi conocimiento?¿o tengo que firmar algún papel?

-¿Creeis que es posible que me hayan eliminado de alguna forma de la herencia entre mis hermanos, y por eso "yo no tenga que hacer nada"?

-Ya por último, ¿en qué cuantía de multa podríamos estar incurriendo al no arreglar los papeles?¿hay alguna forma de ampliar el plazo?

Saludos y muchoas gracias por vuestro tiempo
05/09/2013 19:53
Sin perjuicio de conocer de qué renuncia estamos hablando, sí, el hermano minusválido tributaría por el total recibido.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
(Madrid)
05/09/2013 19:08
otra ssobre sucesiones:

1. Herencia de un TIO difunto a favor de sus 4 SOBRINOS (estos sobrinos son hermanos) hijos de su única hermana. Los 4 hermanos son los únicos herederos.

2. Uno de los hermanos es minusválido ( 75 por 100)

3. Salvo que esté equivocado, la Ley pemite una una (bonificación ?¿) del 95 por 100 a los minusválidos.
4. Si los 3 hermanos restantes renuncian a la herencia, significa que se incrementa la del hermano minusválido.
5. La pregunta se "ve venir": Las "bases imponibles" de los 3 renunciantes que se añaden al hermano minusválido... ¿están también bonificadas por minusvalía?
04/09/2013 23:44
Deben pasar la autoliquidación por Hacienda, sea de pago o no, acompañada de un documento de adjudicación de herencia (dado que se trata de dinero no es necesario que la adjudicación sea ante notario). Tras ello, pueden solicitar del banco proceda al reparto.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
(Madrid)
04/09/2013 20:58
Con el certificado de últimas voluntades, lo primero es conseguir una copia del último testamento que figure en dicho certificado, suponiendo que no la tengas ya.
Dependiendo de qué Comunidad Autónoma se trate, puedes bajarte de Internet algún programa de ayuda con el que cumplimentar el modelo de autoliquidación.
Impuesto de sucesiones
04/09/2013 18:52
Tengo solicitado el certificado de ultimas voluntades por fallecimiento de mi padre, que si otorgo testamento. A la recepcion del mismo, el tramite que tengo que hacer ya que mi padre unicamente tenia unos ahorros en el banco es confeccionar el modelo 650 autoliquidacion, que supongo me indicara una cantidad a pagar, pagarla y algo mas ya que somos tres hermanos. Gracias y saludos.