Sí se podría acreditar una deuda del propietario a la sociedad de gananciales por el importe de esas reformas, pero me temo que sería algo muy difícil.
Muchas gracias! La compra es anterior al matrimonio, no hay hipoteca... Poteriormente al matrimonio, se hicieron varias reformas en la casa, que por supuesto, fue pagado con dinero ganancial... Sería aceptado por hacienda???
Si la adquición de la vivienda fue posterior a la fecha del matrimonio, se presume ganancial.
Si la adquisición de la vivienda fue anterior al matrimonio, pero se pagó a crédito y una parte del mismo fue pagada después de la fecha del matrimonio, esa parte es ganancial. Para demostrarlo bastará que aportes los documentos de pago que conserves: escritura de hipoteca, recibos del banco, etc.
Como se podría alegar en el Impuesto de Sucesiones, que la vivienda habital, que data del año 1973, es ganancial y no privativo como consta en el Registro de la Propiedad??? Mi madre consta como propietaria privativa, pero se trata de la vivienda habitaul, y todos los gastos de la vivienda siempre han sido gananciales. Podría haber alguna forma para presentarlo en Hacienda????