Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

impuesto de sucesiones y cuotas en la herencia

3 Comentarios
 
13/05/2020 17:43
Juan S
Aquí en Galicia es obligatoria la autoliquidación, como me lo hizo un gestor no sé muy bien qué responder.

En la liquidación, en la casilla "valor real de bienes y derechos" la cantidad es el 50% de todo, pero en el anexo Relación de Bienes esta cuenta corriente, en la casilla "valor declarado de la totalidad del bien" es el 100% del saldo a fecha de fallecimiento. Y en la casilla "% adquirido por el contribuyente" es 20,50% mi hermana, 20,50% yo y 9% mi madre.
13/05/2020 10:09
Anaup
¿Para el Impuesto de Sucesiones del fallecido, cómo se declaró el saldo de esa cuenta, por el 50% o por el 100%?
12/05/2020 22:07
Anaup
En general, lo que usted pregunta puede decirse que es una cuestión del foro de derecho fiscal. En esta solo tratamos de sucesiones, que requieren de alguien muerto, y no es cosa de plantear hipótesis sobre la muerte de su madre. La cuenta, sin la menor duda, está al 33% de titularidad. Si su madre es la primera en morir, el banco transferirá el 33% a cuentas distintas, por lo que la recomendación es que cada una se abra la suya y no se compliquen con este asunto.
Impuesto de sucesiones y cuotas en la herencia
12/05/2020 20:27
Hola a todos.

Mis padres (casados en régimen de gananciales) tenían una cuenta en común y, al fallecer mi padre, una vez presentado el impuesto de sucesiones y resuelto el testamento, fue dado de baja como cotitular y entramos mi hermana y yo (únicas herederas).

El banco da por hecho que cada una tiene el 33% del dinero, pero esto no es así en nuestro caso. Nuestra madre tiene el 50% y nosotras el 25% y el 25%.

En caso de fallecimiento de nuestra madre, para presentar el impuesto de sucesiones, al solicitar al banco el certificado de posiciones, pondrá que tiene el 33%, pero nosotras queremos presentar el impuesto con la cantidad correcta (mi madre tiene más). ¿Podemos poner en el impuesto de sucesiones una cantidad superior a la del certificado? Es que si no lo hacemos, ¿tendríamos problemas con Hacienda? ¿Nos pueden acusar de donación encubierta?

Un saludo.