Hola! Tengo una duda. La situación es que nos enteramos que el ejecutado ha liquidado impuesto de sucesiones y nosotros hemos pedido que se libre oficio a la consejería correspondiente para que nos faciliten copia de la liquidación realizada, a lo que la Letrada de la Admin nos ha dicho que no, porque no es objeto del procedimiento...No entiendo porque dice que no es objeto cuando al fin y al cabo es un posible dinero que se puede embargar. Gracias de antemano.