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Impuesto de sucesiones en C. de Madrid

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Impuesto de sucesiones en c. de madrid
24/11/2004 22:20
Hola,a ver si me pueden aconsejar.
Tengo reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total y un grado de minusvalía del 20%.Fallecido mi padre, quería saber si a la hora de liquidar el impuesto de sucesiones, me podría aplicar la reducción por minusvalía, acogiendome a:
La Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesabilidad universal de las personas con discapacidad, en su artículo 1, punto 2, dice :

2. A los efectos de esta Ley, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100. En todo caso, se considerarán afectados por una minusvalía en grado igual o superior al 33 por 100 los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

Muchisimas gracias por anticipado.
Un Saludo