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Impuesto de patrimonio.

1 Comentarios
 
Impuesto de patrimonio.
29/04/2022 09:38
Estimados Foreros. ¿A efectos del Impuesto de Patrimonio. La existencia de una explotación Agrícola puede estar exenta, aún cuando no sea la principal fuente de renta?. Gracias por vuestra opinión.
05/05/2022 12:41
Estimados Foreros. Alguna opinión please!!!. El plazo me vence el próximo lunes 5 de mayo. En este asunto el sujeto pasivo no alcanza en sus rendimientos netos reducidos de actividades económicas el 50% de la base imponible total (general y del ahorro). Por lo que Hacienda dice que no procede la elección.

El art. 3 del Real Decreto 1704/1999, de 5 de noviembre, por el que se determinan los requisitos y condiciones de las actividades empresariales y profesionales y de las participaciones en entidades para la aplicación de las exenciones correspondientes en el Impuesto sobre el Patrimonio son:

"1. La exención tan sólo será de aplicación por el sujeto pasivo que ejerza la actividad de forma habitual, personal y directa, siempre que dicha actividad constituya su principal fuente de renta.

A estos efectos, se entenderá por principal fuente de renta aquélla en la que al menos el 50 por 100 del importe de la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (la suma de la Base Imponible general y la del ahorro) provenga de rendimientos netos de las actividades económicas de que se trate.

Se os ocurre algo para alegar