Si se trata de una Asociación sin ánimo de lucro que se ha dado de alta en el IAE para poder desgravarse el IVA, ya que paga más de lo que factura, ¿está obligado a pagar la cuota a la Camara de Comercio? NOs aconsejaron darnos de alta para ahorrar en el IVA, pero ahora nos reclaman 140 € de la Camara de Comercio. Nuestra facturación es de 800 € anuales (y los gatos de 850). ¿qué documentación podemos presentar a la camara de comercio para que no nos cobren ese impuesto? Y al margen de todo, ¿por qué nadie informa de esta obligatoriedad? La camara decomercio no se ha dirigido a nosotros nunca salvo para pedirnos dinero, no nos ha ofrecido servicios, ni nos ha escrito para decirnos que formamos parte de ella, de hecho nos cobra el impuesto correspondiente al año pasado, con lo cual este año también pretenderá cobrarnos. Es un absurdo.
Art. 13.1 Ley 3/93, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio:
Obligación y devengo de pago
Estarán obligados al pago del recurso cameral permanante, establecido en el artículo anterior, las personas físicas o jurídicas, así como las entidades a que se refiere el artículo 33 de la LGT que, durante la totalidad o parte de un ejercicio económico, hayan ejercido las actividades del comercio, la industria o la navegación a que se refiere el artículo 6 y en tal concepto hayan quedado sujetos al Impuesto de actividades económicas.
Un saludo
No estoy muy puesto en estos temas, pero me surge una duda.
El artículo 10 d) de esa ley habla de aportaciones voluntarias de sus electores.
¿Dónde habla de la obligatoriedad?
La cuota de la cámara de comercio es obligatoria para todas las personas físicas o jurídicas, así como las entidades a que se refiere el art. 35 Ley General Tributaria que, durante la totalidad o parte de un ejercicio económico, hayan ejercido las actividades del comercio, la industria o la navegación a que se refiere el art. 6 de la Ley Básica de Cámaras y, en tal concepto, hayan quedado sujetos al Impuesto de Actividades Económicas,
La ley 3/93, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio establece que tienen como finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria y la navegación, y la prestación de servicios a las empresas , asignándoles funciones concretas. Para poder cumplir con su misión la misma ley determina el pago obligatorio de cuotas además de otros medios de financiación.
Un saludo