Tras la primera sentencia del Tribunal Supremo en la que obligaba a los banco a pagar el IAJD me devolvieron por un ingreso en el banco la cantidad retenida. Yo firmé la hipoteca el mismo día 18/10/2018 en la que salió esa sentencia.
Con la sentencia revocada, ¿tengo que devolver ese dinero o la devolución voluntaria que me realizaron implica a una aceptación por parte del banco a hacerse cargo de ese dinero?
La sentencia que usted menciona no ha sido revocada. Además, ha salido un decreto ley por el cual el banco ha de asumir el pago del impuesto. Por lo tanto, usted no debe preocuparse más del asunto.
Muchas gracias por su respuesta.
Entonces, si no he entendido mal las hipotecas firmadas en el periodo entre la primera sentencia del 18/10/2018 y la última del 06/11/2018 no tendrían que pagar el impuesto.
Gracias de nuevo y un saludo,