Una empresa despide a un trabajador y reconoce la improcedencia del mismo, ofreciéndole una cantidad en concepto de improcedencia ( 45 de salarios...) que será depositada en los juzgados de lo Social a su disposición.
El trabajador presentó papeleta de conciliación ante el SMAC. Se celebró acto de conciliación sin avenencia. El trabajador presentó demanda de despido en tiempo y forma. ¿Puede la empresa mantener en el acto del juicio la procedencia de la decisión extintiva?
Dadme alguna respuesta u opinión por favor.
Gracias.