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Imponer más días de vacaciones sin opción a elegir

3 Comentarios
 
Imponer más días de vacaciones sin opción a elegir
23/04/2024 09:13
Buenos días.
En mi empresa, y bajo el convenio de gimnasios, peluquerías y centros de belleza, tenemos 30 días naturales de vacaciones, de los cuales son a convenir entre empresa y trabajador, 15 por parte del trabajador y otros 15 por empleado.
Ya en verano nos hacen tener que cogernos 18 días en agosto porque la jefa se va fuera y cierra.
Ahora en mayo (comunidad de Madrid) son festivos miércoles 1 y jueves 2... Y el viernes 3 dice que nos lo da libre, descontando como vacaciones.
Mi pregunta (y de mis compañeras) es si ahora en mayo nos contabilizarán como 1 solo día (viernes) o nos contarían como 3 días (viernes sábado y domingo). Hemos preguntado ya infinidad de veces pero no nos aclaran nada...
Viendo la dinámica que están teniendo, al final no nos quedan prácticamente vacaciones a elegir nosotras mismas.
Sí pudierais decirme algo más claro que lo que nos dice la empresa, lo agradezco
23/04/2024 13:01
Ya estamos con el mito de que 15 días los elige la empresa y 15 el trabajador, esto es un bulo.
En su convenio en el artículo 24.1 dice bien claro como son las vacaciones, veo que por lo menos sabe usted cuál es su convenio, (en su mayoría no tienen ni idea de cuál es su convenio), usted sabe cuál es su convenio pero ni se lo ha mirado, bien léase el art 24 de su convenio.
Dicho esto, este artículo, a groso modo se base en lo que marca el ET y entre otras cosas dice que las vacaciones deben ser negociadas entre empresa y trabajador y en caso de que no haya pacto deberán acudir al Juez para que sea éste quien las imponga, dice tb que al menos 15 días, (ojo dice al menos, por tanto pueden ser más), esos 15 días deben estar entre la segunda quincena de junio y la primera quincena de septiembre, así que si encima la empresa cierra en agosto pues aqui nada que alegar al respecto, porque tb se pueden coger vacaciones por semanas o días pero como mínimo una quincena al año debe ser consecutiva.
Para finalizar vamos al meollo de su consulta, verá la empresa les otorga un puente para no trabajar ese viernes por lo que entiendo que sólo puede consumir 1 día de vacaciones, ya que es decisión de la empresa y creo que por tener ese puente a mí, en ppio no me importaría consumir un día de vacaciones, pero si ustedes no están de acuerdo, pueden plantear batalla jurídica contra la empresa, pueden decir que no están de acuerdo con consumir sus vacaciones y que si la empresa cierra es su problema, que las vacaciones son negociadas y que no están de acuerdo con consumir un día de vacaciones y que por tanto ese día van a trabajar así que si la empresa cierra es por su cuenta y riesgo por lo que no tienen ustedes que consumir ni un solo día, lo que le he puesto lo siguen a pies juntillas y la empresa si hace el punto no puede descontar días de vacaciones, otra cosa es que si se plantan ustedes la empresa no haga ese puente y abra ese día pero esto ya queda a su criterio.
23/04/2024 15:50
Jamgrrhh28
Muchas gracias por contestar.
Lo de que son 15 empresa y 15 trabajador, es lo que nos dice la empresa, pero tal y como usted me dice, en convenio no especifica cantidad de vacaciones a elegir por uno y otro.
Cierto, que como dice... Ese "al menos" que comenta, no deja lugar a mucha reclamación.
El caso es que lo que realmente pregunto es si en ese puentee que nos dan libre el día 3 (que cae en viernes) nos contabilizaría como 1 solo día de vacaciones o sería 3 porque se contagia tambien sábado y domingo? Esa es mi pregunta real, porque un día no me importa, pero 3 días más porque ellos no quieran abrir ese día sí me importa un poco más, aunque me toque joderme con ello, pero al menos notificarles mi descontento
25/04/2024 12:52
Como le he dicho, no pueden imponer más de un día ya que ves la empresa quien cierra, no es el trabajador quien solicita el disfrute de ese día, es más sigo insistiendo en que yo notificaría a la empresa que voy acudir a trabajar ese día y si está cerrado, 1 acudo a la policía local para denunciar y hacer constar que yo me presento a trabajar y así con esta denuncia queda constancia de que acudo a mi trabajo, 2 interpongo denuncia ante inspección de trabajo por cierre patronal ilegal, a ver quién tie el último, usted disfrutará del día y no le podrán descontar ni un solo día de sus vacaciones y luego está la multa que pueda imponer la inspección de trabajo por ese cierre patronal ilegal.
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Buenos días.
En mi empresa, y bajo el convenio de gimnasios, peluquerías y centros de belleza, tenemos 30 días naturales de vacaciones, de los cuales son a convenir entre empresa y trabajador, 15 por parte del trabajador y otros 15 por empleado.
Ya en verano nos hacen tener que cogernos 18 días en agosto porque la jefa se va fuera y cierra.
Ahora en mayo (comunidad de Madrid) son festivos miércoles 1 y jueves 2... Y el viernes 3 dice que nos lo da libre, descontando como vacaciones.
Mi pregunta (y de mis compañeras) es si ahora en mayo nos contabilizarán como 1 solo día (viernes) o nos contarían como 3 días (viernes sábado y domingo). Hemos preguntado ya infinidad de veces pero no nos aclaran nada...
Viendo la dinámica que están teniendo, al final no nos quedan prácticamente vacaciones a elegir nosotras mismas.
Sí pudierais decirme algo más claro que lo que nos dice la empresa, lo agradezco
23/04/2024 13:01
Ya estamos con el mito de que 15 días los elige la empresa y 15 el trabajador, esto es un bulo.
En su convenio en el artículo 24.1 dice bien claro como son las vacaciones, veo que por lo menos sabe usted cuál es su convenio, (en su mayoría no tienen ni idea de cuál es su convenio), usted sabe cuál es su convenio pero ni se lo ha mirado, bien léase el art 24 de su convenio.
Dicho esto, este artículo, a groso modo se base en lo que marca el ET y entre otras cosas dice que las vacaciones deben ser negociadas entre empresa y trabajador y en caso de que no haya pacto deberán acudir al Juez para que sea éste quien las imponga, dice tb que al menos 15 días, (ojo dice al menos, por tanto pueden ser más), esos 15 días deben estar entre la segunda quincena de junio y la primera quincena de septiembre, así que si encima la empresa cierra en agosto pues aqui nada que alegar al respecto, porque tb se pueden coger vacaciones por semanas o días pero como mínimo una quincena al año debe ser consecutiva.
Para finalizar vamos al meollo de su consulta, verá la empresa les otorga un puente para no trabajar ese viernes por lo que entiendo que sólo puede consumir 1 día de vacaciones, ya que es decisión de la empresa y creo que por tener ese puente a mí, en ppio no me importaría consumir un día de vacaciones, pero si ustedes no están de acuerdo, pueden plantear batalla jurídica contra la empresa, pueden decir que no están de acuerdo con consumir sus vacaciones y que si la empresa cierra es su problema, que las vacaciones son negociadas y que no están de acuerdo con consumir un día de vacaciones y que por tanto ese día van a trabajar así que si la empresa cierra es por su cuenta y riesgo por lo que no tienen ustedes que consumir ni un solo día, lo que le he puesto lo siguen a pies juntillas y la empresa si hace el punto no puede descontar días de vacaciones, otra cosa es que si se plantan ustedes la empresa no haga ese puente y abra ese día pero esto ya queda a su criterio.
23/04/2024 15:50
Jamgrrhh28
Muchas gracias por contestar.
Lo de que son 15 empresa y 15 trabajador, es lo que nos dice la empresa, pero tal y como usted me dice, en convenio no especifica cantidad de vacaciones a elegir por uno y otro.
Cierto, que como dice... Ese "al menos" que comenta, no deja lugar a mucha reclamación.
El caso es que lo que realmente pregunto es si en ese puentee que nos dan libre el día 3 (que cae en viernes) nos contabilizaría como 1 solo día de vacaciones o sería 3 porque se contagia tambien sábado y domingo? Esa es mi pregunta real, porque un día no me importa, pero 3 días más porque ellos no quieran abrir ese día sí me importa un poco más, aunque me toque joderme con ello, pero al menos notificarles mi descontento
25/04/2024 12:52
Como le he dicho, no pueden imponer más de un día ya que ves la empresa quien cierra, no es el trabajador quien solicita el disfrute de ese día, es más sigo insistiendo en que yo notificaría a la empresa que voy acudir a trabajar ese día y si está cerrado, 1 acudo a la policía local para denunciar y hacer constar que yo me presento a trabajar y así con esta denuncia queda constancia de que acudo a mi trabajo, 2 interpongo denuncia ante inspección de trabajo por cierre patronal ilegal, a ver quién tie el último, usted disfrutará del día y no le podrán descontar ni un solo día de sus vacaciones y luego está la multa que pueda imponer la inspección de trabajo por ese cierre patronal ilegal.