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Impago suministros vivienda alquier por fallecimiento

3 Comentarios
 
06/11/2024 10:47
Dice usted que: "un hermano ha fallecido y ha dejado 3 pisos que están alquilados". ¿quien está cobrando esos alquileres?. Si ustedes estan cobrandolos, se entiende una aceptación de la herencia, y por consiguiente tambien asumen las obligaciones de pago que conlleve el patrimonio.
06/11/2024 09:49
Pase la pregunta al foro de arrendamientos, pero ya le anticipo que si su deseo es aceptar la herencia y heredar esos tres pisos, deben ustedes seguir pagando el agua y la luz. Luego, una vez heredados, si quiere podemos estudiar la forma de repercutir esos gastos a los inquilinos o incluso de resolver, si hay motivo, los contratos. Pero no los deje ahora sin agua.
06/11/2024 09:25
Es perfectamente legal no pagar nada si renunciáis a la herencia.
Si queréis aceptarla pero aprovechar la no adjudicación para perjudicar voluntariamente a los inquilinos podría haber incluso un delito de coacciones hacia estos por parte de la comunidad hereditaria.
Impago suministros vivienda alquier por fallecimiento
04/11/2024 17:13
Muy buenas tardes a todos!

No sé si este es el lugar para exponer esta duda y si no es así, le pido disculpas. En caso de ser el lugar adecuado, les agradezco vuestra ayuda.

La cuestión es que un hermano ha fallecido y ha dejado 3 pisos que están alquilados. El pagaba el agua y la luz al no tener división horizontal hecha.

La cuestión es que aún no se ha aceptado por parte de los hermanos la herencia y se está pagando los suministros de los inquilinos y nos gustaría saber pues la persona fallecida lógicamente no cobra su pensión, no tiene dinero en la cuenta que se ha cerrado y los hermanos no queremos hacernos cargo de los pagos, si es posible y legal que no se paguen y por IMPAGO se corten por la empresa de agua y luz y no cometer delito alguno.

Muchas gracias.