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impago salarios/extincion

15 Comentarios
 
17/11/2011 14:42
Por eso mismo Elellu y trice hicieron la consulta en 2007. digo yo que algo ya ha llovido desde entonces...
17/11/2011 14:26
Mi respuesta iba para Ellelu y para Trice.

Y espero que de algo haya servido.
17/11/2011 10:54
abesan: Tu consejo llega 4 años tarde. Suponque que por algun error "ged" ha rescatado este post antiguo, pero supongo que Elellu ya habrá solucionado su problema.
La verdad es que si nos lee no vendría mal que nos comente que ocurrió al final.

En referencia a la consulta de ged: ¿tienes cotizados 180 días en los ultimos 5 años?
17/11/2011 10:20
Elellu dice que se ha producido un impago de salarios de más de 1 mes. Y habria que ver si cuando se presenta a conciliación ya se ha acumulado otro mes. Y otro más cuando presenta la demanda al Juzgado. Tres meses más cuando toca celebrar el Juicio. Con ese panorama el juez va a extinguir el contrato.
Otra cosa es que cuando llegue el juicio sólo haya un mes pendiente con lo que no habria nada que hacer.
El denunciar a la Inspección de Trabajo si la cita fuera inmediata la cosa iria bien pero sucede que desde la denuncia hasta la actuación, con frecuencia, pasa mucho tiempo.
Las dos cosas en paralelo seria lo correcto(demanda y denuncia)
perfil ged
17/11/2011 09:49
Hola.Me encuentro de baja por una I.L.T. que por desgracia parece ir para largo. Esta situación se remonta al 13 de Octubre de este año.Entrego a la empresa los partes de confirmación puntualmente y, sin embargo,aún no he recibido la nómina correspondiente al mes de Octubre. He intentado ponerme en contacto con ellos y no recibo respuesta.¿Qué puedo hacer? Gracias por anticipado.
13/11/2007 13:53
Si me salto lo de la inspección y me olvido de la extinción del contrato. Si opto por irme voluntariamente, puedo igualmente interponer demanda en el SMAC para la reclamación de salarios? Ahora mismo la deuda asciende a 2 meses. ¿Y puedo solitar toda la nómina (incluynedo mejora voluntaria, plus transporte, etc) o sólo el salario base y pagas extras?
Gracias.
06/11/2007 23:18
Otra cosa distinta es que persigas el despido. No te voy ha dar ideas ni aconsejarte cómo, pero hay muchos mediosm para provocarlo. Por el camino legal que intentas me pongo una cena que no lo consigues.

SALUDOS.-
06/11/2007 23:09
Efectivamente, por eso te aconsejo que en ese hipotético caso vuelvas ha denunciar ante la inspección. Cuando tengas más de tres actas de infracción, (reiteración), tendrás algo para poder demandar para la resolución del contrato. Mientras tanto con sólo un retraso de un mes no conseguirás nada.

SALUDOS.-
06/11/2007 20:13
Gracias, o sea primero denuncia a la Inspección de Trabajo, segundo cuando la Inspección levante Acta Papeleta ante el cmacy posterior demanda de resolución.

ÑMe estoy refirieno a retrasos de más de tres meses, otra cosa la que debe demostrar que ha pagado es la empresa no por que como demuestras que no te pagan si cobras por transferencia bancaria con un certificado? pero puedes haber cambiado el banco si no tienes las nominas?
Ya que si continuan sin pagar con una demanda de reclamación de cantidasd psiblemente conseguirias que te pagasen pero con una situación así posiblemente dentro de un tiempo vuelvan a las mismas.
06/11/2007 19:38
Os contesto. Sí, podéis presentar papeleta ante el CEMAC y posterior demanda para resolución de contrato de trabajo.
Pero, según me contais, me pongo una cena que no lo admite el juez.
Sin embargo, con una demanda reclamación de cantidad, sin lugar a duda.
¿Por qué mi empeño en denunciar ante la inspección?
Para lograr demostrar al juez pagos reiterados de nóminas, cuanto más atrasadas mejor.
Si lo llevas con un sólo retraso de un mes, nunca resolverá contrato.

SALUDOS.-
06/11/2007 15:06
Muchas gracias por toda la información. Aunque también quedo a la espera de que conteste, si puede ser, la duda de Trice y así lo acabaré de tener más claro.
Gracias de nuevo.
05/11/2007 22:09
Hola yo también estoy en un tema parecido una pregunta es necesrio denunciar a la Inspección de Trabajo o directamente se puede presentar papeleta ante el CMAC y posterior demanda ante el juzgado de resolución del contrato con la correspondiene idemnización de 45 días además de la papeletay demanda de reclaación de las cantidades adeudadas.
02/11/2007 19:59
No es así de simple. Para llegar a la extinción de contrato debe sentenciar el juez, y como te dije anteriormente no es fácil que lo haga.
Te aconsejo nuevamente la inspección de trabajo.
Y tú dirás, ¿y mientras de qué como?. Te comprendo pero ......
Si pidieses baja voluntaria y posterior reclamación de cantidad no podrías solicitar prestación de desempleo.


SALUDOS.-
01/11/2007 13:19
Muchas gracias. Una cosa más, en qué momento se da por extingido el contrato y puedo dejar de ir a trabajar y cobrar el desempleo? Hemos de esperar a la declaración del juez? Basta con la incomparecencia de la empresa ante el SMAC? Falta grave existe ya que falta por cobrar una cantidad de agosto, no han pagado septiembre y de momento octubre tampoco.
Gracias de nuevo.
31/10/2007 23:49
El procedimiento es el siguiente; denuncia ante la inspección de trabajo, la cual levantará acta de infracción con su sanción correspondiente.
Para proceder a la extinción del contrato debería existir falta grave, la cual supone retrasos reiterados de más de tres meses. Por un retraso de un més lo único que obtendrías sería la mora de su cuantía.
En el caso que concurrieran los supuestos anteriores tendrías que presentar acta en el SEMAC y posterior juicio, cuya cuantía en caso de conceder el despido sería indemnización de 45 días por año de servicio.
SALUDOS.-
Impago salarios/extincion
31/10/2007 19:35
Hola, quería saber si se está produciendo un impago de salarios de más de un mes y solicito la extinción del contrato, cuándo se produce la misma? Es decir, cuándo puedo dejar de ir a trabajar legalmente? En el SMAC o hay que esperar al juicio?¿Si la empresa no acude al SMAC?
Gracias.